España

El Poder Judicial no autoriza al juez Pedraz a ir a Iraq para investigar la muerte de Couso

  • La decisión se basa en que las autoridades iraquíes deben dar un permiso previo al magistrado

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) no autorizará previsiblemente al juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz a desplazarse a Iraq en los meses de octubre y noviembre porque las autoridades judiciales de este país deben dar antes permiso para que el juez español pueda investigar in situ la muerte del cámara gallego de Telecinco José Couso, ocurrida en el hotel Palestina de Bagdad, el 8 de abril de 2003.

La decisión previa de no autorizar el viaje, mediante el cual el titular del Juzgado Central de Instrucción número 1 pretendía realizar una inspección ocular del lugar donde se produjeron los disparos que acabaron con la vida de Couso, ha sido adoptada por los vocales de la Comisión de Relaciones Internacionales.

No obstante, este informe desfavorable aún debe ser tratado en una Comisión Permanente del CGPJ, donde previsiblemente se ratificará la decisión inicial, según fuentes de este órgano. Las mismas han apuntado que el "cauce legal" preceptivo sería el envío de una comisión rogatoria a la autoridades judiciales iraquíes que sea aceptada en dicho país y que, siguiendo este trámite, el juez "no tendrá ningún problema" para obtener el permiso. Por esta razón y, de momento, no se puede contestar favorablemente a la solicitud que ha hecho el magistrado para ser declarado en "comisión de servicio" unos días determinados de octubre.

En un auto dictado el pasado 29 de julio, Pedraz recordaba que ya en su día libró una comisión rogatoria a Iraq para que se autorizara el desplazamiento de la comisión judicial de la Audiencia Nacional al lugar de los hechos, a fin de efectuar el oportuno reconocimiento judicial y, "en la medida de lo posible", una reconstrucción de los hechos. No obstante, como "no se obtuvo respuesta" en la primera solicitud, Pedraz acordó realizar una "inspección ocular de los lugares de los hechos", para lo que no ve necesario cursar una comisión rogatoria, ya que "no se precisa cooperación judicial" de Iraq ni "asistencia alguna de autoridades o funcionarios de dicho país".

"Se trata de una mera inspección ocular -explicaba-, para lo cual basta que la comisión judicial se desplace a Bagdad para in situ ver los lugares de los hechos: el puente Jamuroahora, el hotel Palestina y las sedes de las televisiones Al Jazeera y Abu Dhabi, documentándolo mediante vídeo con zoom oportuno". En concreto, el juez estableció que la comisión judicial estaría integrada por el instructor, el secretario judicial y un funcionario del juzgado, el Ministerio Fiscal y las partes si lo estiman oportuno y, "sólo en caso de que a ello se presten voluntariamente", los periodistas testigos de los hechos.

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