la crisis catalana

El Supremo rechaza excarcelar a presos del 'procés' y da vía libre a su traslado

  • Instituciones Penitenciarias enviará a los reclusos preventivos a cárceles catalanas la semana próxima

  • El Alto Tribunal rechaza que las acusaciones coaccionaran a los acusados por sus ideas políticas

Imagen del banquillo de los acusados durante una de las sesiones del juicio a los 12 líderes independentistas  en el Tribunal Supremo.

Imagen del banquillo de los acusados durante una de las sesiones del juicio a los 12 líderes independentistas en el Tribunal Supremo. / EFE / Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo ha rechazado este viernes excarcelar a siete de los nueve acusados del procés que solicitaron su libertad tras el fin del juicio y ha comunicado al Ministerio del Interior su visto bueno para que todos ellos sean trasladados a cárceles catalanas.

Al no haber diligencias que exijan su presencia, el Alto Tribunal considera que no hay "obstáculo" alguno para su traslado a las cárceles de Lledoners (Barcelona), Mas d'Enric (Tarragona) y Figueres (Girona), donde se encontraban antes del juicio.

Así se lo ha transmitido el juez Marchena en un escrito remitido al secretario general de Instituciones Penitenciarias, dependiente de Interior, órgano competente en esta materia, que podría acometer el traslado en la próxima semana, según indicaron a Efe fuentes de la Secretaría.

Marchena se ha pronunciado de esta forma una vez el tribunal ha decidido mantener en prisión a siete acusados (ni Oriol Junqueras ni Raül Romeva lo solicitaron) dada la necesidad de salvaguardar los fines del proceso penal, que ahora se adentra en las fases de deliberaciones a la espera de dictar sentencia firme.

Reiteración delictiva

Dicha razón "confiere legitimidad constitucional a la restricción de libertad" de los encausados, toda vez que además no se ha "eliminado" ni el riesgo de fuga ni los otros presupuestos que hacen "aconsejable" esta medida como la reiteración delictiva.

Respecto a los argumentos del líder de Òmnium, Jordi Cuixart, y del ex presidente de la ANC Jordi Sànchez en relación al grupo de trabajo de la ONU que aconsejó su libertad, la Sala recuerda que su dictamen no tiene carácter vinculante y reprocha que haga una valoración de los delitos de los que se les acusa "a espaldas" de la actividad probatoria del juicio.

"Mal puede reivindicarse la libertad de un acusado (...) -dice el Supremo- cuando lo que se está pidiendo en ese dictamen es que el Gobierno" tome las medidas necesarias para remediar su situación, lo que supone ignorar "una de las notas esenciales que definen a cualquier Estado de Derecho": la separación de poderes.

Sumado esto a que, para la Sala, "no faltan en el dictamen afirmaciones extravagantes, carentes de toda lógica y de imposible encaje en nuestro sistema procesal", además de que olvida que el 1-O fue prohibido por los tribunales y que hace una "valoración a ciegas" de elementos probatorios del juicio.

También rechaza el tribunal que las acusaciones persigan coaccionar a los acusados por sus ideas políticas.

"Solo a partir del desconocimiento de nuestra realidad política y jurídica pueden suscribirse mensajes de esa naturaleza", dice la Sala, que recuerda que los acusados defienden las mismas ideas que "los partidos políticos que sostienen" el actual Gobierno catalán.

El Supremo reconoce la influencia de los grupos de trabajo y relatores de la ONU, pero en este caso da la razón a la Fiscalía, que señaló que el mencionado grupo era "puramente auxiliar", y recuerda que la Abogacía solicitó la revisión de su dictamen que calificó de "arbitraria" la prisión provisional de varios de los acusados, por falta de imparcialidad de sus redactores al aludir la sospecha de filtración del mismo por la defensa.

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