España

El TS permite difundir ideas nazis si no incitan a la violencia

  • Polémica sentencia que absuelve a cuatro condenados de difundir ideas genocidas

El Tribunal Supremo considera que la difusión de ideas neonazis no es constitutiva de delito cuando no implique "un peligro cierto de generar un clima de hostilidad que pueda concretarse" en actos violentos. Así lo entiende la Sala de lo Penal del Supremo en una sentencia en la que absuelve a los cuatro responsables de la librería Kalki de Barcelona y de Ediciones Nueva República que fueron condenados por la Audiencia de Barcelona por los delitos de difusión de ideas genocidas y contra los derechos y libertades.

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Miguel Colmenero, sostiene que la difusión de este tipo de ideas justificatorias del genocidio nazi sólo sería delictiva cuando suponga una incitación indirecta a ejecutarlas.

Por lo tanto, aunque la conducta de los acusados "constituya una difusión de ideas favorables al régimen nazi, que en ocasiones incluyen justificaciones del genocidio, y de contenido discriminatorio" que merecen "el más claro rechazo" y no deben ser difundidas "desde los poderes públicos", no pueden identificarse como una provocación "a la discriminación, al odio o la violencia contra grupos".

El tribunal, compuesto por Adolfo Prego, Miguel Colmenero, Alberto Jorge Barreiro, Diego Ramos y Andrés Martínez Arrieta -que ha emitido un voto discrepante- no ve por tanto delito en la edición de libros como Mi lucha, de Adolf Hitler, ni en propagar ideas que nieguen abiertamente la existencia del holocausto contra los judíos y otras minorías.

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