Tribunal Supremo

El Supremo absuelve al guardia civil que mató a un atracador

  • Lo hizo en legítima defensa y su disparo al aire rebotó

Guardias civiles en un control de alcoholemia

Guardias civiles en un control de alcoholemia

El Tribunal Supremo ha absuelto al guardia civil que mató a un atracador en un polígono industrial de Guadalajara en 2013. El agente, que estuvo defendido por el abogado sevillano Javier Gimeno Puche, actuó en cumplimiento del deber y en legítima defensa frente a unos delincuentes armados, e incluso es posible que el disparo mortal fuese un tiro al aire que rebotó en alguno de los elementos metálicos que había en el lugar.

El Tribunal Supremo, en una sentencia a la que tuvo acceso este periódico, confirma el veredicto del jurado popular en el sentido de que el agente estaba en el ejercicio de sus funciones, participando en un dispositivo de búsqueda de unos atracadores que iban armados y que efectuó un disparo intimidatorio.

“Ninguna de las pruebas -afirma el Supremo- arroja certeza absoluta sobre lo que ocurrió en realidad en cuanto a si el proyectil se desvió como consecuencia de un impacto previo con algún elemento existente en el lugar“, afirma la sentencia. El TS rechaza el recurso de la familia del fallecido, que había pedido 13 años de cárcel.

Explica que el hecho de que en la autopsia se localizase una esquirla metálica en el cuerpo del fallecido, que era reciente y que no coincidía con la composición del proyectil que provocó el fatal desenlace, apunta a que esa esquirla “pudo llegar allí a consecuencia de un rebote con alguno de los elementos metálicos que había en el lugar de los hechos“.

Ocurrió el 23 de octubre de 2013 cuando tres jóvenes habían intentado un robo con armas en el polígono de Cabanillas del Campo y habían llegado a disparar. Una dotación de la Guardia Civil acudió al lugar, localizó a los atracadores, les dijo en varias ocasiones con voz clara y firme “Alto a la Guardia Civil” y “Arriba las manos”, pero hicieron caso omiso y cuando el luego fallecido se giraba hacia su lado izquierdo inclinando el tronco, el guardia civil efectuó un disparo “creyendo que le iban a disparar de forma inminente”.

El TS afirma, por otra parte, que “al tribunal del jurado no se le puede exigir igual rigor técnico que a un juez profesional” y que la exigencia de motivación “no es la misma en las sentencias absolutorias que en las condenatorias”. Junto a ello, la motivación del tribunal del jurado “fue completada por el magistrado presidente y fue fiscalizada” por el tribunal superior autonómico, completando “la descripción del cuadro probatorio para afirmar la racionalidad del procedimiento valorativo seguido”.

La “duda racional” sobre la forma en que se produjo el hecho “no es producto de una arbitraria valoración” sino que los elementos “no ha sido lo suficientemente persuasivos para llegar a un veredicto de condena".

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