Granada

Absuelto el empleado de una empresa que simuló en contratos la firma de otro

  • La jueza de Penal 4 cree que no cometió un delito al no haber perjudicado a nadie

Un empleado de una empresa de vigilancia que fue enjuiciado el pasado 12 de mayo por haber simulado la firma de un delegado sindical en los contratos de varios trabajadores ha sido finalmente absuelto. Aunque la Fiscalía solicitaba 15 meses de cárcel al considerarle autor de un posible delito de falsedad en documento oficial, la magistrada del Juzgado de lo Penal número 4 de la capital ha concluido que el acusado, A.J.S., no delinquió, pues no causó daño ni perjuicio a nadie al firmar por otro aquellos documentos.

"El Ministerio Fiscal no indica en su escrito de acusación que se causara al delegado sindical ni a los trabajadores quebranto económico alguno, ni tampoco consta que se les haya causado ningún perjuicio, por lo que no consta en cualquier caso la concurrencia del dolo falsario en el acusado con intención de perjudicar o engañar a nadie", resalta la jueza en su resolución, contra la que cabe recurso.

Para la magistrada, no cabe duda de que A.J.S. manipuló el documento, pero en su acción no aprecia el requisito de que "esa mutación de la verdad tenga entidad suficiente para alterar las relaciones jurídicas", algo que exige el Tribunal Supremo (TS) para considerar perpetrado el delito de falsedad.

A juicio de la jueza, por tanto, lo que hizo el empleado fue "una falsedad burda o inocua", una manipulación del documento "sin ningún efecto perjudicial ni para el delegado sindical ni para los trabajadores de la empresa". Por eso ha dictado un fallo absolutorio.

El caso llegó a los tribunales a raíz de la denuncia que en 2007 formuló J.C.A., el delegado sindical cuya rúbrica se había imitado. Durante su interrogatorio, el acusado aseguró que no sabía que estaba haciendo nada ilícito y que firmó aquellos contratos porque llamó varias veces al delegado para que lo hiciera y no acudió.

"Los firmé porque tenía que mandar los contratos a Sevilla, cumplía el plazo y el delegado no venía". Esa fue una de las explicaciones que A.J.S ofreció a la jueza y que ésta ha aceptado, pues en el relato de hechos probados considerada acreditado que firmó en la casilla del representante sindical "para remitirlos a Sevilla dentro del plazo legalmente establecido para que fueran registrados y sellados, no constando que se haya causado perjuicio alguno (...)" ni beneficio alguno para el procesado. Conclusión: no toda falsedad es delito.

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