Granada

Archivada la denuncia contra el exalcalde de Ogíjares (Granada) por los vertidos de aguas residuales

Archivada la denuncia contra el alcalde de Ogíjares (Granada) por los vertidos de aguas residuales

Archivada la denuncia contra el alcalde de Ogíjares (Granada) por los vertidos de aguas residuales

"La pescadilla que se muerde la cola" por la distribución de competencias y por las "vicisitudes" administrativas. Esta es, según el juez de instrucción número 6 de Granada, Francisco Javier Zurita, la explicación de que haya municipios del Área Metropolitana de Granada que hayan vertido aguas residuales sin depurar al cauce público durante años sin que pueda imputarse la responsabilidad penal a los alcaldes. El magistrado acaba de archivar una de las denuncias presentadas por la Fiscalía, esta vez contra Francisco Plata, el exregidor de Ogíjares, la localidad más importante de las afectadas por esta situación. 

Hasta 13 alcaldes del Cinturón granadino han sido denunciados en el último año por la Fiscalía como supuestos responsables de que sus ayuntamientos hayan vertido aguas sin el preciso proceso de depuración previo. Las querellas, que fueron a parar a diferentes juzgados de Granada y Santa Fe, ocasionaron la apertura de diligencias previas y obligaron a acudir a declarar en sede judicial como investigados a algunos regidores; pero a medio plazo no están prosperando, pues la mayoría han seguido el mismo camino, que es el decreto de sobreseimiento provisional y archivo

En Granada hay dos juzgados de instrucción que han tramitado este tipo de denuncias, el 2 y el 6, y en ambos casos, las resoluciones han ido en la misma línea. El pasado 7 de noviembre, el juez Zurita decretó el archivo del municipio más importante, Ogíjares, mediante una resolución a la que ha tenido acceso este periódico.

En ella, el magistrado reconoce que la falta de ejecución de las necesarias obras para la depuración de las aguas residuales del municipio ha motivado que se hayan producido los vertidos sin tratar, pero la situación no sería imputable al alcalde porque esa tarea le corresponde a los consorcios de aguas y a la Administración autonómica

"La falta de ejecución de tales proyectos por quien resulta competente a tal efecto convierte en un imposible conseguir por parte del municipio la necesaria resolución de concesión o revisión de las autorizaciones de vertido" que no tenía de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG) y que era uno de los principales argumentos de la Fiscalía en su denuncia. Es decir, que el Ayuntamiento, en efecto, carecía del permiso de la autoridad de dominio hidráulico para los vertidos, pero dice el juez que su alcalde no podía obtenerlo por la inacción o el retraso de quienes tenían la competencia para hacer las obras de depuración. 

Es más, el magistrado añade el hecho de que el Ayuntamiento hubiera cedido o realizado las gestiones necesarias para poner los terrenos a disposición de quienes tienen que llevar a cabo la ejecución de las obras encaminadas a la depuración. 

En el año 2008, la CHG requirió al Ayuntamiento de Ogíjares para que aportara el proyecto de las obras e instalaciones de depuración como requisito para obtener las preceptivas licencias. Pero el municipio había delegado la gestión de las competencias de depuración de aguas en el Consorcio Sierra Nevada Vega Sur para cumplir con el plan de saneamiento de la Vega de Granada diseñado por la Junta de Andalucía. 

"Consta acreditado que el Consorcio para el desarrollo de Sierra Nevada Vega Sur requirió a la Consejería de Medio Ambiente de la Junta los correspondientes proyectos de ejecución de infraestructuras de saneamiento necesarias", explica la resolución judicial. La Consejería remitió entonces el proyecto de agrupación de vertidos norte a la EDAR de Los Vados con fecha 11 de junio de 2018. Estas obras, "están en fase de licitación mediante concurso en procedimiento abierto", según tiene constancia el Juzgado.

Con estas premisas, concluye el juez una vez más (ya hay otras resoluciones similares referidas a otros municipios, como La Zubia) que "nos encontramos con lo que coloquialmente cabe denominar como la pescadilla que se muerde la cola", en relación a la burocracia administrativa. Esas "vicisitudes", a criterio del instructor, "alejan y desdibujan cualquier colorido penal en la actuación de quien aparece investigado en las presentes actuaciones o de cualquier otro interviniente que en el ámbito de la competencia municipal del reiterado municipio pudiera haber intervenido de una u otra forma". 

Por tanto, el juez considera que "a la luz de aquella distribución (de competencias) se ignora qué concreta o concretas actuaciones podían haber llevado a cabo los responsables municipales para evitar los vertidos de aguas residuales".

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