Granada

La Audiencia dirá en septiembre si los delitos del caso Romanones prescriben

  • En la resolución de febrero el magistrado Antonio Moreno declaró prescritos todos los delitos excepto al considerado líder del grupo

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Granada ha fijado para el próximo 15 de septiembre la vista para decidir sobre la posible prescripción de delitos del caso Romanones de abusos sexuales presuntamente cometidos por sacerdotes en Granada, tras los recursos planteados por la acusación particular y popular al auto del Juzgado de Instrucción 4 del pasado 14 de febrero.

En la resolución de febrero, el magistrado Antonio Moreno, que investiga el asunto, declaró prescritos todos los delitos que se le imputaban a los 12 denunciados inicialmente excepto al considerado líder del grupo, el padre Román M.V.C., contra el que continúa la causa. Concretamente, se consideraron prescritos los delitos de abusos sexuales sin penetración, exhibicionismo y encubrimiento que se les atribuían a nueve sacerdotes y dos seglares. El titular del Juzgado acordó mantener sólo la imputación contra el presunto líder por los hechos presuntamente cometidos por él mismo sobre el primer denunciante -que llevó su caso ante el Papa Francisco- porque podrían ser constitutivos de delito de abuso sexual continuado con prevalimiento, castigado con pena de prisión de cuatro a diez años, y en su mitad superior, según consta en el auto de fecha 14 de febrero.

El abogado del primer denunciante, el letrado Jorge Aguilera, presentó recurso de apelación contra esta decisión judicial, señalando sus razones para considerar que no debe contemplarse la prescripción para ninguno de los doce inicialmente imputados, los diez curas y dos seglares. Esta acusación particular considera que los hechos denunciados por la víctima, que asegura que sufrió abusos desde los 14 hasta los 17 años, pueden considerarse como un delito de corrupción de menores, agresión y abusos sexuales, que estarían castigados con penas que oscilan entre cuatro y diez años por lo que "es evidente" que no habría transcurrido el plazo legal de la prescripción, de 10 años desde el último episodio, que se habría producido en 2007.

Concretamente, atribuye al padre Román M.V.C., a dos sacerdotes más y a un profesor de Religión -los únicos que fueron detenidos por este asunto-un delito de corrupción de menores "por su participación activa y directa en los hechos de naturaleza exhibicionista y pornográfica de la que han venido sometiendo" al denunciante durante los años 2003 a 2007. El resto de imputados participarían en el delito de corrupción de menores en su modalidad omisiva, comisión por omisión. Con respecto al padre Román, el abogado del denunciante apunta que se le puede atribuir además un delito de abusos sexuales con prevalimiento y acceso carnal -agresión sexual-, por unos hechos que comenzaron en 2003 y que se prolongaron hasta mayo de 2007, cuando el denunciante, que había nacido el 25 de enero de 1990, contaba con 17 años cumplidos.

La Asociación Pro Derechos del Niño (Prodeni), personada como acusación popular, también formalizó recurso al entender "precipitada" la resolución, y pidió su revocación y la continuación de la causa respecto a los doce imputados, por hechos que podrían ser constitutivos de agresión sexual contra el primer denunciante del asunto y de asociación ilícita.

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