Municipal

Granada recupera para su patrimonio la parcela del Zaidín cedida en 2007 a la AECC para construir su nueva sede

  • En el espacio donde estaban las antiguas cocheras de la Rober, se había cedido por 75 años

Granada recupera para su patrimonio la parcela del Zaidín cedida en 2007 a la AECC para construir su nueva sede

Granada recupera para su patrimonio la parcela del Zaidín cedida en 2007 a la AECC para construir su nueva sede / Photographerssports

El Ayuntamiento de Granada ha dado por resuelta oficialmente la cesión gratuita de una parcela municipal que se hizo en 2007 a la Asociación Contra el Cáncer para la construcción de su nueva sede y por tanto la parcela ha sido revertida a la ciudad y vuelve a formar parte del patrimonio municipal de suelo. Una parcela situada en el Plan Parcial PP S2 Campus de la Salud que fue cedida en pleno del 27 de julio de 2007, durante el gobierno de Torres Hurtado (PP), y que es más conocida si se aclara que en ella estaban las cocheras de la Rober. De hecho, en esta zona de la ciudad se ha hecho la última urbanización y un parque, inaugurados hace unos días.

Según el expediente de reversión, aprobado en Junta de Gobierno Local del pasado 5 de marzo, el plazo de dicha cesión se estableció en 75 años, señalándose igualmente como plazo máximo para que la instalación estuviera en funcionamiento el de cinco años a contar desde la fecha de otorgamiento de la correspondiente escritura pública de constitución del derecho de superficie, formalización que tuvo lugar ante el notario en abril de 2008.

La cesión quedaba sujeta al uso para el que fue concedida, debiendo cumplirse por el cesionario con los fines para los que se otorgaba en el plazo máximo de cinco años y mantenerse su destino durante todo el plazo de vigencia de la cesión del derecho de superficie, en la inteligencia de que si dicho bien no se destinara al uso previsto en dicho plazo o dejase de estarlo posteriormente, se consideraría resuelta la cesión y revertiría al Ayuntamiento con todas las mejoras realizadas. Asimismo se establecía que una vez escriturada la cesión se debería cercar la parcela -en el plazo máximo de seis meses- y solicitar licencia de edificación en el máximo de un año, debiendo estar en funcionamiento la instalación en un plazo máximo de cinco años.

Finalmente, en el referido acuerdo se imponía también como condición la reserva y puesta a disposición de este Ayuntamiento de un 10% de las plazas ofertadas por la asociación, así como el 10% de la superficie construida en locales, con independencia de que tales obligaciones pudieran sustituirse por otras previa la celebración del correspondiente Convenio entre el cesionario y el Ayuntamiento de Granada.

Pero no se llegó a hacer nada aunque se ampliaron los plazos ya que en el momento de hacer la escritura pública aún estaba ocupada por las cocheras de la Rober (el antiguo edificio no se demolió hasta 2015), por lo que la asociación advirtió de esa imposibilidad en ese momento. Por eso en 2011 se dictaminó diferir el comienzo del cómputo de los plazos al momento que existiera plena disponibilidad de la parcela. Consultado el Sistema de Información Municipal (SIM) no consta que por el cesionario se haya solicitado licencia municipal de obra alguna para la construcción de la proyectada sede ni tampoco para el cercado de la parcela. Además, la Junta Provincial de Granada de la Asociación Española contra el Cáncer en escrito del 18-12-20 manifestó su voluntad de “renunciar a la cesión del derecho de superficie”.

Jurídicamente, ante el incumplimiento de las obligaciones del cesionario, se considerará resuelta la cesión, revirtiendo de nuevo la parcela al Ayuntamiento. Aunque la cuestión en este caso, según el informe, “no es tanto el incumplimiento por parte del cesionario de destinar el bien al uso previsto dentro del plazo señalado en el acuerdo de cesión, que también, como la voluntad del mismo de renunciar a la cesión del derecho de superficie obtenida, máxime cuando ha quedado perfectamente comprobado que no se ha llevado a término obra de construcción alguna”.

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