Granada

El juez avala que Cetursa aplique la reducción salarial a sus empleados

  • Entiende que es una empresa que pertenece al sector público andaluz y que puede acogerse al decreto de reequilibrio financiero de la Junta

El Juzgado de lo Social número 5 avala en una reciente sentencia que la empresa que gestiona la estación de esquí de Sierra Nevada, Cetursa, puede aplicar a sus trabajadores los decretos de reducción salarial del sector público impulsados por la Junta de Andalucía como medida de reequilibrio económico.

Se trata de un fallo, de fecha 22 de enero, emitido después de que el comité de empresa de Cetursa, en hostelería, solicitara que se declarara nula la decisión de aplicar el Real Decreto Ley 1/2012 con reducción del 10% del plus de personal, aumento de la jornada en 2,5 horas a la semana y reducción de salarios y jornada en un 10% en trabajadores no fijos, o subsidiariamente se contemplara como no ajustada a derecho.

Cetursa alegó entonces que, como empresa pública mixta, debía ajustarse a las limitaciones y condicionamientos que derivan de las normas presupuestarias que tienden a racionalizar el gasto público, aún cuando se rija por la normativa del derecho privado. Por ello, la magistrada María Milagrosa Velástegui señala en su resolución que "la clave" de este asunto estaba en determinar la naturaleza jurídica de la empresa demandada.

Así, concluye que, a la luz del panorama normativo, Cetursa "es una empresa que pertenece al sector público andaluz" y ello, por cuanto queda acreditado que su accionariado está formado por la Comunidad Autónoma Andaluza (95,90%), el Ayuntamiento de Granada (2,63%), la Diputación de Granada (0,44 %) y el Ayuntamiento de Monachil (0,23%). Por ello, la juez resuelve que a la empresa demandada "le son de aplicación las medidas que se establecen en el Decreto Ley 1/2012 de medidas fiscales, administrativas, laborales y en materia de hacienda pública para el reequilibrio económico-financiero de la Junta de Andalucía, que se erige como el instrumento jurídico adecuado para adoptar las medidas necesarias para asegurar el cumplimiento de los compromisos adquiridos" en materia de reducción del déficit público.

En consecuencia, procede a la desestimación de la demanda promovida por el comité de empresa de Cetursa y el sindicato CCOO, en una sentencia contra la que cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

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