Covid-19

La Fiscalía del Supremo avala los confinamientos en Granada y pide el cierre de Montefrío

  • Afirma que "necesario e idóneo" para su objetivo sanitario

La Fiscalía del Supremo avala los confinamientos en Granada y pide el cierre de Montefrío

La Fiscalía del Supremo avala los confinamientos en Granada y pide el cierre de Montefrío / Antonio L. Juárez (Photographerssports)

La Fiscalía del Tribunal Supremo ha informado a favor de la anulación del auto del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, cuya sede de Granada rechazó hasta en dos ocasiones el cierre perimetral del municipio de Montefrío como medida para frenar el avance del coronavirus en el pueblo debido a su tasa alta de incidencia, superior a los 2.000 casos por cada 100.000 habitantes en dos semanas. El órgano considera que el cierre era "necesario e idóneo" al objetivo sanitario perseguido por las autoridades de contener la pandemia.

Así, la Fiscalía del TS ha pedido a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal que retrotraiga las actuaciones al momento inmediatamente posterior a la presentación de las alegaciones del Ministerio Fiscal en la instancia, que no fueron atendidas por una Sala que decidió en contra del cierre sin escuchar antes el criterio del Ministerio Público.

En un escrito de 24 páginas dado a conocer esta tarde, la Fiscalía argumenta que el auto recurrido que las eventuales insuficiencias de la L.O. 3/1986 de Medidas Especiales en materia Salud Pública no afectan a la posibilidad de adoptar la medida sometida a autorización judicial.

Argumenta que el cierre perimetral "no excede sustancialmente, en términos de razonable interpretación de la ley, del control del medio ambiente inmediato en el que la libre circulación de las personas enfermas de Covid-19, y de las que estén o hayan estado en contacto con ellas, puede suponer un serio incremento del riesgo para la salud, la integridad física y la vida de terceros".

Ello constituye, desde el punto de vista de la proporcionalidad de sus consecuencias, "una restricción necesaria e idónea para la finalidad preventiva que se persigue", añade la Fiscalía. Por ello cree que el TSJ debe autorizar la medida.

Subsidiariamente, y si el alto tribunal no considerara la retroacción de las actuaciones, el fiscal interesa la casación y anulación del Auto recurrido, "con declaración expresa de la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva del Ministerio Fiscal".

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