Granada

La Fiscalía recurre a la Audiencia sus denuncias contra alcaldes de Granada por vertidos de aguas residuales

  • Tras el archivo judicial de varias querellas, el Ministerio Público pide "determinar a los autores" del "daño medioambiental" y el "grave perjuicio para la salud" acreditado en los informes

La Fiscalía recurre a la Audiencia sus denuncias contra alcaldes de Granada por vertidos de aguas residuales

La Fiscalía recurre a la Audiencia sus denuncias contra alcaldes de Granada por vertidos de aguas residuales

La Fiscalía de Granada ha recurrido a la Audiencia Provincial las denuncias archivadas contra alcaldes de municipios granadinos que han vertido sus aguas residuales sin depurar al cauce público. Frente al criterio judicial inicial de considerar que la competencia no es de los regidores, el Ministerio Público considera que el "daño medioambiental" está acreditado y que en todo caso hay que "determinar al autor o autores" de la contaminación. 

El magistrada titular de Instrucción 2, una de las juezas que ha tenido sobre su mesa varias querellas de la Fiscalía contra alcaldes del área metropolitana de Granada, ha ido archivando estas diligencias, al entender que "la competencia sobre la ejecución de obras hidráulicas, siempre que hayan sido declaradas de interés autonómico, recae sobre la Administración de la Junta de Andalucía". El juez de Instrucción 6, receptor de otra parte de las denuncias, está siguiendo un criterio similar, pues atribuye el problema a la burocracia competencial.   

En sus denuncias, la fiscal de Medio Ambiente, había centrado la responsabilidad en los alcaldes, pero los jueces consideran que es la Junta la que tiene que construir las depuradoras necesarias. 

Algunos ejemplos, los primeros que se empezaron a tramitar, son los de Monachil y Cájar, cuyo procedimiento fue archivado el 2 de agosto pasado, tras una querella presentada por la Fiscalía en relación a los vertidos continuados de aguas residuales a la acequia gorda de La Zubia, "sin depurar y sin autorización" de la autoridad en la materia. 

La Fiscalía presentó un recurso de reforma y apelación a la Audiencia al objetar que el "daño medioambiental" ha existido, porque hay informes que así lo acreditan. En particular hay análisis valorados (con muestras recogidas para la ocasión) por el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses del Ministerio de Justicia, que determinan que "el vertido de aguas residuales del municipio, sin depurar, a la acequia del cauce causa un daño sustancial a la calidad de las aguas receptoras". 

Señala también el informe experto que ese vertido, "realizado de manera continuada, crea un riesgo de grave perjuicio para la salud de las personas" y "pueden perjudicar gravemente el equilibrio de los sistemas naturales". 

Por tanto -expone la Fiscalía en sus recursos-, de lo actuado hasta ahora "hay indicios suficientes de la perpetración de delito contra los recursos naturales y el medio ambiente del artículo 325 del Código Penal". 

La cuestión controvertida está "en la determinación del autor o autores, imputación de los hechos y concurrencia de dolo o culpa en la conducta". Por eso considera que no se puede archivar sin más, sino practicar las diligencias oportunas para determinar a los responsables. 

No obstante, el recurso insiste en la competencia de los alcaldes o de los concejales de Medio Ambiente, pues se trata de atribuciones directas que las leyes otorgan a los ayuntamientos. "La actuación de la Comunidad Autónoma es de auxilio técnico y económico a las entidades locales, lo que se realiza a través de convenios con los que se dota a los ayuntamientos de financiación para las infraestructuras necesarias", expone en su recurso la Fiscalía. 

En el caso de Monachil y Cájar (la Fiscalía asegura que está siguiendo la misma línea para todos los municipios cuyas denuncias se están archivando), el recurso a la Audiencia concluye que  "se ha producido una grave situación de daño y peligro para el medio ambiente sin que el Ayuntamiento, que se encuentra desde hace años en una situación de ilegalidad en materia de vertidos haya hecho nada realmente efectivo para evitar o al menos minorar la situación". 

La delegación de competencias municipales del ciclo integral del agua o el pago del canon del agua no es para la Fiscalía una "justificación", aunque pueda llegar a ser una circunstancia que gradúe la culpa de los representantes municipales. "Pero en modo alguno podría excluir la responsabilidad en la perpetración del delito medioambiental". 

La Fiscalía pide a la Audiencia que revoque el auto de archivo y que obligue al juzgado a "continuar la investigación frente a quien se considere responsable de los hechos, pues la querella se dirigió contra el alcalde y contra cualquier otra persona que a lo largo de la instrucción resultare responsable del delito o delitos investigados". 

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