Granada

El caso Juana Rivas cambia el servicio de traducción en la Justicia andaluza

  • La Junta reforma los pliegos para que quede notificación del encargo de los trabajos y su envío

Juana Rivas sale de los juzgados de Granada acompañada de su asesora Francisca Granados.

Juana Rivas sale de los juzgados de Granada acompañada de su asesora Francisca Granados. / Pepe Torres / efe

La Consejería de Justicia e Interior remodelará los métodos de traducción en los casos de violencia de género a raíz del caso de Juana Rivas. El departamento que dirige Rosa Aguilar unificará los pliegos para la contratación de los servicios de asistencia de interpretación en estos casos después de que la madre granadina acudiera al Defensor del Menor de Andalucía por las demoras que sufre la denuncia que puso en 2016 a su ex pareja, Francesco Arcuri, por malos tratos.

En el conflicto judicial que ambos mantienen por la custodia de sus dos hijos de tres y once años, Arcuri denunció a Rivas por sustracción de menores internacional, notificación que la vecina de Maracena recibió en noviembre de 2016. Cuatro meses después, la fiscal del juzgado que investiga la denuncia de Rivas contra su ex marido solicitó que se remitiera el testimonio de la denunciante al juzgado italiano que se ocupa de la demanda de Arcuri por la sustracción de sus dos hijos.

Rivas acudió al Defensor del Menor por el retraso en la traducción de su denuncia contra Arcuri

Fue entonces cuando el Juzgado de Violencia sobre la Mujer que lleva el caso de Rivas solicitó a una empresa la traducción al italiano de todas las diligencias realizadas hasta el momento para remitirlas a la Justicia italiana para que se investigue allí el supuesto maltrato. Cuatro meses después, no había ni rastro de la traducción, por lo que Rivas se dirigió a la oficina que dirige Jesús Maeztu en funciones.

La Fiscalía, a petición del Defensor del Menor, reconoce el retraso y responsabiliza del mismo a la empresa, que depende de la Administración autonómica. Por eso Maeztu se dirige a la Junta, que explica que el servicio de traducción de los órganos judiciales y fiscales se presta a través de un contrato administrativo. Además, reconoce que el encargo de la traducción de la denuncia de Rivas se hizo el 15 de marzo de 2017, se reiteró después el 20 de julio en un oficio y, posteriormente, se requirió mediante tres "comunicaciones telefónicas" en los días 27, 31 de julio y 1 de agosto del año pasado.

Ese mismo día el juzgado que se encarga del caso se dirigió a la delegación del Gobierno de la Junta en Granada para notificar el retraso y presionar a la empresa responsable para que realizara la traducción lo antes posible. Es entonces cuando la empresa envía el trabajo a la delegación del Ejecutivo regional, por correo electrónico, y al juzgado granadino por mensajería urgente.

En su explicación al Defensor del Menor de Andalucía, la empresa explica que, aunque realizaron la traducción en tiempo y forma, no llegó al juzgado solicitante. No fue hasta el 26 de julio de 2017 cuando, por una notificación de la autoridad judicial, descubren que el trabajo no consta como realizado. "No pudimos encontrar el documento traducido por no estar adjunto al fichero en el que figura el status de finalizado, como todos los proyectos que gestionamos", apunta la compañía, que en ese momento comienza de nuevo la traducción.

En el proceso de gestión, el juzgado se puso en contacto con la empresa, que ofreció enviar la traducción por fax o por correo electrónico, algo que, en un principio, rechazó la autoridad judicial. Es el secretario general de Justicia e Interior en Granada quien llamó a la empresa y solicitó, el 2 de agosto, el envío por correo electrónico de la traducción al italiano de la denuncia de Juana Rivas.

La compañía se defiende al explicar que no podía determinar la fecha de entrada del documento, pero asegura que "el proyecto fue entregado dentro del plazo de siete días naturales" desde que tienen constancia de su existencia, como establecen los pliegos de prescripciones técnicas, que es lo que la Junta se dispone a reformar.

La recomendación de la oficina de Maeztu es que los mencionados pliegos contemplen en sus normas "la forma en que se han de realizar los encargos por parte de los órganos judiciales", para que quede constancia del momento del encargo y su recepción por la empresa encargada, pero que también se registre la fecha de envío del trabajo y su recepción en el juzgado correspondiente. Además, las empresas adjudicatarias tendrán que mantener un archivo de seguridad de todos los trabajos realizados, garantizando la confidencialidad de su contenido.

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