Tribunales

Un Juzgado de Granada reconoce el complemento de maternidad para un hombre con carácter retroactivo

  • Al ser padre de tres hijos se le reconoce un 10% más y va a recuperar cerca de 6.000 euros

Imagen de archivo de los Juzgados de Caleta de Granada

Imagen de archivo de los Juzgados de Caleta de Granada / G. H. (Granada)

El Juzgado de lo Social número 3 de Granada ha reconocido por primera vez el complemento de maternidad para un hombre con efecto retroactivo, acatando el criterio del Supremo. En su sentencia del 22 de junio, el Juzgado ha estimado la demanda de un varón natural de Granada, que reunía los requisitos para este reconocimiento recogidos en el art.60 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS): ser beneficiario de una pensión contributiva y ser padre de dos hijos o más. Este beneficio cuanta con efectos retroactivos totales y no limitados a los tres meses anteriores a la solicitud. 

La controversia llegó al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que el 12 de diciembre de 2019 declaró que el art.60 de la LGSS era discriminatorio por razón de sexo al reconocer solo a las mujeres el complemento por maternidad, pero no a los hombres que cumplían los mismos requisitos. Tras esta resolución, los tribunales españoles comenzaron a estimar las demandas de los varones que reclamaron, pero los criterios no estuvieron del todo claros hasta que el Tribunal Supremo se pronunció a principios de año en distintas sentencias.  

En el caso de Granada, el varón está divorciado, un hecho que no ha obstaculizado la demanda como tampoco lo hace la edad de los hijos, siempre y cuando hubieran nacido antes de ser beneficiario de la pensión. Además, aunque su cónyuge percibe el complemento de pensión por brecha de género, no ha impedido la estimación de la demanda, y como consecuencia, el reconocimiento del complemento al hombre. Al ser padre de tres hijos se le reconoce un 10% más, y va a recuperar cerca de 6.000 euros

Marta Miranda, abogada y directora de Unive Abogados Granada, ha aprovechado la ocasión para animar a los granadinos a que reclamen, ya que no solo pueden recuperar una importante cuantía, si no que su pensión se va a ver incrementada de por vida. Para poder solicitar que se les reconozca el complemento de maternidad en su pensión contributiva de jubilación ordinaria, jubilación anticipada forzosa, viudedad o incapacidad permanente, es requisito que hubieran accedido a la misma entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021 y fueran padres de dos o más hijos.

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