Granada

Montes Neiro no será juzgado por calumniar al personal de la prisión

  • El juzgado de Instrucción 9 ha archivado la causa por falta de acusación · La defensa del ex reo había recurrido la decisión de pasar a la fase de preparación del juicio oral

Miguel Montes Neiro no quería volver a verse sentado en un banquillo y finalmente no lo hará. Salió de prisión a principios de este año, tras ser indultado por el Gobierno después de pasar media vida entre rejas. Irradiaba felicidad, pero en apenas un mes su ansiada libertad volvió a peligrar por hablar sin tapujos de sus experiencias en la cárcel. Unas controvertidas manifestaciones públicas, en las que imputaba conductas irregulares a algunos funcionarios de prisiones, provocaron el pasado mes de julio su procesamiento por presuntas calumnias, un acto judicial que le dejaba a las puertas de juicio y contra el que su defensa había presentado un recurso. Al final, el juzgado de Instrucción 9 ha acordado archivar el asunto.

Así lo ha confirmado a este diario Félix Ángel Martín, abogado del ex recluso, quien tuvo conocimiento del "sobreseimiento provisional" del caso el pasado viernes. El motivo del archivo, según especificó el letrado, ha sido "la ausencia de acusación" en el procedimiento.

En su recurso, Martín había solicitado la nulidad del auto mediante el que el citado órgano acordó transformar las diligencias previas existentes contra su cliente en un procedimiento abreviado, o lo que es lo mismo, pasar la causa a la fase de preparación del juicio oral.

El letrado afirmaba en el referido documento, al que ha tenido acceso Granada Hoy, que la resolución incurría en supuestas "vulneraciones constitucionales" por lo que solicitaba que se acordarse "su nulidad y subsidiaria revocación" y, por tanto, el archivo de las actuaciones.

El letrado consideraba que el auto no estaba motivado y adolecía de "falta de concreción", pues no indicaba "siquiera sucintamente, qué hechos se atribuyen indiciariamente como constitutivos de delito y a qué persona concreta afectan, ni en qué grado, ni cómo, ni por qué motivo se consideran calumniosas ni quién ostenta el derecho al honor que pudiere considerarse vulnerado".

En este sentido, recalcaba que el juzgado no había determinado a qué funcionarios concretos se había ofendido ni a qué centro penitenciario o institución se referían los hechos imputados. "Las imputaciones genéricas no son constitutivas de ilícito penal, máxime cuando el sujeto abstracto de las mismas es una institución publica", indicaba el jurista.

Para Martín, la responsabilidad penal de Montes Neiro en este caso era por tanto "inexistente", pues nunca tuvo intención de imputar falsamente ningún delito al colectivo, sino que hizo unas afirmaciones basadas en su propia experiencia personal.

Consideraba además que "dar cauce" a este procedimiento contra su representado significaba "la vulneración del derecho a la libertad de expresión", pues las manifestaciones que motivaron la denuncia del sindicato Acaip, eran "meras opiniones y apreciaciones" realizadas durante una entrevista a una televisión.

Fue a mediados del pasado mes de marzo cuando la sección sindical de Acaip en el centro penitenciario de Albolote, donde cumplió parte de su condena Montes Neiro, lo denunció por la posible comisión de delitos de injurias y calumnias sus funcionarios. Para los denunciantes, las aseveraciones que el ex reo hizo atentaron "de forma manifiesta" contra la "honorabilidad y la honestidad profesional de estos funcionarios", desprestigiando "gravemente" su imagen. Según informó Efe en su día, para el sindicato Acaip, Montes Neiro hizo "a los funcionarios partícipes directos y necesarios en el tráfico interior en las prisiones de productos prohibidos, como es el caso de las bebidas alcohólicas o de la ilegal venta de teléfonos móviles", ya que dio a entender que "este tráfico no se produciría si no es por el concurso necesario de los funcionarios".

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