Granada

El TS confirma la pena de 22 años de cárcel para el asesino de Conchi Peñate

  • Resalta "el temor" con el que vivía la vecina de Lanjarón, que fue arrollada mortalmente por su ex en la A-44 · Cree que la Audiencia tuvo "prueba bastante" para condenar

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la pena de 22 años y medio de prisión que la Audiencia Provincial de Granada impuso a Francisco Perera por el crimen machista de la que fuera su mujer, Conchi Peñate, el 26 de febrero de 2009, así como por maltratarla en vida.

La sentencia del alto tribunal, dictada en junio y a la que ha tenido acceso este diario, desestima el recurso de casación que la defensa del acusado interpuso contra el fallo granadino, que consideró al procesado autor de tres delitos: uno de asesinato, otro de violencia familiar habitual y otro de maltrato de obra.

El crimen ocurrió en la A-44, donde el acusado arrolló intencionadamente a su ex mujer, que era vecina de Lanjarón, cuando ambos regresaban al pueblo tras haberse sometido Francisco a una operación de cataratas en la capital. Durante el trayecto, el coche del procesado y un camión se rozaron y Francisco tuvo que parar, momento en que la mujer aprovechó para bajarse del vehículo, pues iban discutiendo y prefirió no continuar el viaje con él. El acusado dio entonces marcha atrás y la arrolló mientras caminaba por el arcén.

Para el TS, la Audiencia ha tenido "prueba bastante" para condenar, y además ha tratado las pruebas de forma "realmente ejemplar". Así, determina que hubo "una intencionalidad homicida, que a tenor del desarrollo de la acción queda fuera de toda duda". Y es que, como recuerda, Francisco "aceleró bruscamente el coche tratando de pegarse lo más posible al arcén buscando el cuerpo".

Además del asesinato, la Audiencia consideró probado también que el agresor, de 69 años, maltrató a la víctima mientras estuvieron juntos y tras separarse, pues ejercía sobre ella tal "poder de dominación", que le exigía "la más completa sumisión y la dedicación más absoluta a su persona con el pretexto de sus dolencias, para así acaparar su atención, someterla a su exclusiva posesión y obstaculizarle toda posibilidad de relacionarse normalmente con otras personas".

El TS resalta la importancia de algunos testimonios de testigos que presenciaron las "acciones violentas o netamente coactivas" que sufría Conchi, y pone de relieve el "temor" con el que vivía la mujer. Francisco logró alejar a Conchi de los suyos hasta el punto de impedirle viajar a su tierra natal a visitar para su madre. Los gritos, las voces y los malos modos, los insultos y las ofensas, y la humillación verbal eran, según la Audiencia, una constante en su relación. Incluso después de su ruptura, él seguía exigiendo a su ex "dedicación absoluta", pues "la obligaba a seguir atendiéndole como una sirvienta" para hacerle las faenas domésticas, la comida, bañarle, suministrarle los medicamentos, acompañarle a las consultas médicas... En definitiva, Francisco no pensaba en otra cosa "que en su propio bienestar". El acusado negó en el juicio ser un maltratador y tildó de cobarde a todo aquel que pega a una mujer. La víctima había comentado la "muy mala relación" y los problemas que tenía con el procesado a terceras personas, pero nunca le denunció. El 016 es el teléfono contra el maltrato.

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