Granada

El TSJA obliga a la fundación andaluza Faisem a hacer indefinidos a siete de sus monitores en Granada

  • Los trabajadores habían reclamado la conversión de sus contratos durante seis años

Vista de la fachada principal del TSJA.

Vista de la fachada principal del TSJA.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado una sentencia que obliga a la Fundación Pública Andaluza para la Integración Social de Personas con Enfermedad Mental (Faisem) a convertir en indefinidos no fijos a siete trabajadores eventuales, al entender que los contratos temporales que les ha venido realizado cíclicamente, durante más de seis años, como monitores en una residencia de Granada para realizar siempre las mismas funciones son "fraudulentos".

En la sentencia, difundida por CCOO, el alto tribunal andaluz ratifica la sentencia dictada en su día por el Juzgado de lo Social número 7 de Granada que declaró que la relación laboral de estos trabajadores con la fundación es de carácter indefinido no fijo discontinua. A juicio del sindicato esta resolución, contra la que cabe recurso, "abre camino a más de 170 profesionales en toda la comunidad autónoma que podrían reclamar también su condición de empleados indefinidos de la fundación".

La sentencia, consultada por Europa Press, se refiere a siete trabajadores que vienen prestando sus servicios desde 2012 en el centro de trabajo Casa Hogar Los Peñoncillos, situado en el Parque Natural de la Sierra de Huétor, en Huétor Santillán, donde las instalaciones se mantienen abiertas de abril a noviembre de cada año natural.

El TSJA expone que lo que determina la calificación de indefinidos no fijos de estos trabajadores es que se les contrate de forma cíclica durante más de seis años siempre para realizar las mismas funciones, esto es, de monitores en este centro.

El proceso surgió a raíz de una denuncia de los representantes sindicales de CCOO. El sindicato resaltóque, de acuerdo al fallo, "la contratación con contratos eventuales de estos trabajadores está en fraude de ley por tratarse de empleos estructurales permanentes en el tiempo".

El alto tribunal andaluz también rechaza que el recurso a la contratación temporal esté amparado por los límites presupuestarios y de incorporación de personal al sector público, dado que estos puestos de trabajo se ocupan desde antes de 2012 y, por tanto, "no se está en presencia de nuevas contrataciones, sino de puestos de trabajos ya creados y dotados presupuestariamente". CCOO recalcó que esta última argumentación "abre la vía de la demanda ante la justicia a más de 170 profesionales de Faisem en Andalucía que también ocupan puestos de trabajo estructurales de esta fundación".

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