Ayuntamiento de Granada

El escrito de 'autodefensa' del extitular de la asesoría jurídica municipal que cesó el bipartito

  • Ángel Martín Lagos remitió informe a la Junta de Gobierno Local garantizando que ningún plazo procesal había caducado y que no existió "perjuicio" a los intereses del Ayuntamiento de Granada

El escrito de defensa del extitular de la asesoría jurídica municipal que cesó el bipartito

El escrito de defensa del extitular de la asesoría jurídica municipal que cesó el bipartito

El anterior titular de la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Granada, Ángel Martín Lagos, cesado por el equipo de gobierno de PP y Cs en octubre, ha tenido que remitir escrito a la Junta de Gobierno Local municipal para defender su actuación en los casos judiciales en los que está personado el Ayuntamiento o que afectan al mismo durante su titularidad de la Asesoría Jurídica. Un escrito que presentó en noviembre y del que tomó conocimiento la Junta de Gobierno Local en su sesión del 7 de febrero. 

En el documento se habla de los plazos procesales pendientes en asuntos judiciales dirigidos por él en el momento de su cese. Y lo hizo tras conocer el informe que el concejal de Personal, Francisco Fuentes, trasladó a la Junta de Gobierno cuando se decidió el cese en octubre, una decisión que generó una crisis política en el Ayuntamiento ya que su mantenimiento estaba en el decálogo de regeneración con el que Vox apoyó la investidura de Salvador y el gobierno bipartito, documento del que se desvinculó el PP local.

A la vista del citado informe, Martín Lagos pide que "se tome conocimiento por la Junta de Gobierno Local de que todos los procedimientos judiciales referidos en el informe estaban, a la fecha del cese, abiertos a la cumplimentación por la representación procesal del Ayuntamiento del trámite y del escrito que en cada caso corresponde, ya que en ninguno de ellos, se insiste, en ninguno de ellos, se había emitido la resolución del letrado de la Administración de Justicia declarando la caducidad de los plazos". En consecuencia, insiste "ningún plazo estaba procesalmente caducado no habiendo existido perjuicio alguno para los intereses municipales que se dilucidan en tales procedimientos".

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