Granada

El día de las culpas aceptadas

  • Los dos juicios penales celebrados ayer en la Audiencia acabaron en sentencias pactadas: el aparejador de Carataunas será inhabilitado 7 años mientras que un acusado de homicidio frustrado estará 5 encerrado

Hay días en los que todo el mundo parece ponerse de acuerdo. Ayer fue uno de ellos en las dos secciones penales de la Audiencia Provincial de Granada, la Primera y la Segunda. Los dos juicios previstos acabaron en conformidad, algo que no suele pasar con frecuencia. Uno de los procesos se seguía contra el aparejador municipal de Carataunas, su esposa y una pareja británica por construir donde no se podía, mientras que el otro sentó en el banquillo a un individuo que, en 2008, casi mata a un conocido agrediéndole con un botellín roto.

El primer acuerdo se produjo en la sala de vistas de la Sección Segunda. Eduardo G.J., de 32 años, entró custodiado por dos agentes. Tras la lectura de sus conclusiones provisionales, la fiscal informó de que iba a modificarlas a efectos de una conformidad. Así, en virtud del acuerdo previo alcanzado con la defensa del reo, rebajó la pena de prisión que inicialmente solicitaba de 7 años y medio a cinco por un delito de homicidio en grado de tentativa.

El acusado, vestido con ropa sport, miraba a unos y a otros con atención, hasta que el presidente del tribunal se dirigió expresamente a él para preguntarle si había entendido lo que había pasado allí, desgranándole a continuación los extremos de la condena pactada. El acusado asintió, un gesto con el que asumió su culpa y el castigo.

El fallo que incluirá la sentencia que se dicte en su caso, que no podrá ser recurrida, le impondrá, además de la pena de cárcel, la prohibición de acercarse a menos de 300 metros durante nueve años a la persona que resultó malherida, Javier V.F., a quien además habrá de indemnizar con 7.400 euros.

El suceso ocurrió durante la medianoche del 26 de octubre de hace dos años. Eduardo y Javier estuvieron tomando unas cervezas en un bar de Galera. En un momento dado se produjo una discusión, durante la cual el procesado agredió a su oponente con el botellín roto. Le causó lesiones en el cuello y en otras partes del cuerpo. Los forenses determinaron que las heridas "se causaron en regiones vitales" y "fueron potencialmente aptas para causar su muerte".

Pocos minutos después comenzaba en la Sección Primera el juicio contra el arquitecto técnico municipal del Ayuntamiento de Carataunas, Justo M.V., y los otros tres acusados. Un intérprete entró a la sala con ellos, a fin de traducir todo lo que hiciera falta al matrimonio extranjero. No tuvo demasiado trabajo. Sólo les preguntó -a instancias del tribunal- a qué se dedicaban y respondieron que estaban jubilados. Seguidamente, les comunicó que estaban absueltos por haber retirado la fiscal la acusación inicialmente formulada contra ellos y contra la esposa del aparejador. Y es que el Ministerio Público acabó aceptando que los tres "desconocían por completo que el lugar donde se iba a llevar a cabo la construcción tiene la consideración legal de suelo no urbanizable de protección especial y, por tanto, eran completamente ajenos a la ilicitud de la conducta".

La fiscal sólo mantuvo los cargos contra el técnico por un delito de prevaricación urbanística y otro contra la ordenación del territorio. La pena que aceptó Justo M.V.: siete años de inhabilitación para el ejercicio de su profesión al servicio de la administración y multa de 2.520 euros. Inicialmente se enfrentaba a 4 años y medio de cárcel y 9 de inhabilitación.

La irregularidad cometida consistió en informar favorablemente a la construcción de una nave agrícola (posteriormente transformada en vivienda) en un terreno propiedad de su mujer, que luego la pareja británica compró sin saber que era una zona protegida de la Alta Alpujarra.

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