Granada

Tres organismos públicos rechazaron hacer la pericial clave del caso Serrallo

  • La juez destaca las negativas de la Cámara de Cuentas, la Intervención del Estado y la Agencia Tributaria

El caso Serrallo, abierto en 2014 por la construcción de una discoteca en una zona destinada a parque infantil, ha terminado su fase de instrucción sin que se haya podido incorporar un informe pericial económico que la juez y la Policía consideraban importante para concretar las imputaciones. Tres organismos públicos, de ámbito autonómico y estatal, rechazaron la orden formulada por la magistrada titular del Juzgado de Instrucción 2 de la capital.

La Cámara de Cuentas andaluza, primero; la Intervención General del Estado más tarde y la Consejería de Hacienda y Administración Pública (Agencia Tributaria) al final, dieron sus respectivas negativas a la juez de este caso, con argumentos relativamente escuetos e imprecisos. En el auto de transformación en procedimiento abreviado, que el mes pasado puso fin a la fase de instrucción del caso para avanzar hacia un posible juicio, la juez que ha llevado esta causa hizo notar expresamente las dificultades que había tenido para contar con un informe pericial de contenido económico y que al final no ha sido posible.

El sumario contiene un informe elaborado por inspectores de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio y en el que ellos mismos advierten reiteradamente de que se han ceñido solo a las consideraciones de tipo urbanístico, sin entrar en otras valoraciones económicas, que en realidad era la pretensión de la juez instructora.

El objetivo de esa pericial era aclarar si, como sostiene la Policía en sus informes, en la tramitación y desarrollo del plan parcial donde se ubica el centro comercial Serrallo se produjeron perjuicios económicos para el Ayuntamiento de la capital, en beneficio del constructor Roberto García Arrabal.

La magistrada ordenó remitir la documentación del caso a cada uno de los organismos públicos que sucesivamente fueron rechazando el encargo. Tras cada negativa volvió a intentarlo en otro órgano fiscalizador, con la petición de un "informe detallado" sobre el cumplimiento o no de las obligaciones económicas del plan parcial donde se construyó la sala de fiestas que hay junto al Centro Comercial Serrallo.

Durante la instrucción de esta causa, en la que la jueza ha procesado al exalcalde José Torres Hurtado, a gran parte de su gobierno en 2012, además de a funcionarios y al empresario promotor, la Policía remitió un informe al Juzgado en el que señalaba un supuesto trato de favor de algunos de los anteriores responsables municipales hacía el constructor que levantó el centro comercial. Apuntaban que habría una posible deuda (importes sin justificar) pendiente de 2,1 millones de euros, que el empresario tendría que haber pagado a la ciudad por diferentes conceptos para el desarrollo urbanístico de esa zona. También destacaban posibles impagos de IVA a Hacienda.

Los investigadores echaban en falta un documento aprobado por la Junta de Compensación y supervisado por el Ayuntamiento de liquidación del Plan Parcial donde se incluyó el Comercial Serrallo y la discoteca que centra esta investigación judicial. Es decir, el trámite que se sigue cuando los propietarios de un suelo lo urbanizan para construir en él y se llevan a cabo todas las compensaciones al municipio que marca la legislación, ya sea de tipo económico, de obras o de cesión de terrenos para espacios o equipamientos públicos.

Por otra parte, constan informes de altos cargos municipales (implicados en la causa), que daban por saldada esa deuda de más de dos millones e, incluso, consideran que los pagos (ya sea en obra o en metálico) habían excedido la cantidad total a pagar.

El punto más controvertido es la firma de un decreto en abril de 2013 por parte de la entonces concejal de Urbanismo, Isabel Nieto, para levantar todas las cargas urbanísticas de esos terrenos, "con el consiguiente perjuicio inmediato y directo para el Ayuntamiento", que señalaba la Policía en su informe, pues los agentes no consideraban acreditado que el promotor hubiera hecho frente a sus obligaciones económicas con el municipio.

La misma UDEF proponía en su escrito que fuera "encomendado informe a perito competente en materia económica" para que, a la vista de ese trabajo policial y la documentación que consta en la investigación, "elabore informe detallado sobre cumplimiento de obligaciones" en relación a las cuentas de este Plan Parcial. La Policía agregaba entonces que el fin de esta pericial sería "contrastar" si sus propias conclusiones en materia económica eran correctas.

La juez del caso remitió una petición a la Cámara de Cuentas de Andalucía solicitando su colaboración en este asunto para hacer la pericial reclamada. Pero este órgano contestó al Juzgado a finales de 2016 con un escrito en el que rechazaba su petición, al considerar que "no puede iniciar ninguna actividad fiscalizadora" instada por el órgano judicial.

La Cámara esgrimía que es un "órgano de extracción parlamentaria" que, por tanto, depende del Parlamento de Andalucía. Sólo el pleno de esta Cámara o la Comisión de Hacienda y Presupuestos parlamentaria puede solicitar informes, memorias o dictámenes a este organismo de fiscalización económica.

La Intervención General del Estado, a la que después recurrió la juez, es un centro directivo de la contabilidad pública y entre sus funciones está la de "proporcionar información contable fiable, completa, profesional e independiente sobre la gestión pública". Pero según ha hecho constar la magistrada en su auto, este órgano también contestó que "no era competente".

Por último, la Consejería de Hacienda, el tercer organismo público al que recurrió la instructora, también rechazó el encargo y derivó el asunto a la Consejería de Ordenación del Territorio. Sus responsables fueron los únicos que aceptaron la tarea, pese a que la petición de tipo económico no podría ser satisfecha por completo.

En sus conclusiones, los inspectores urbanísticos cifraban en 306.932 euros las obligaciones del promotor pendientes de justificar, pero advertían de que no era una valoración completa, al no haber analizado la contabilidad municipal, que es materia fuera de su competencia.

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