Granada

Dos años de prisión por el accidente mortal del obrero en Maracena

  • El juzgado ha condenado a los dos empresarios socios de Robles y Santiago SL como responsables · Los otros cuatro acusados, absueltos de todos los cargos

El Juzgado de lo Penal número 6 de Granada ha condenado a dos años de prisión a dos empresarios, socios de la empresa Robles y Santiago SL, como responsables del accidente laboral que costó la vida a un trabajador de 20 años, de nacionalidad boliviana y que se encontraba en situación irregular, trabajando en la construcción del hueco de un ascensor en Maracena en febrero de 2005.

Según consta en el fallo, se les considera autores de un delito contra la salud de los trabajadores en concurso con homicidio imprudente, aunque concurriendo en este último la atenuante de reparación de daño, al haber abonado parte de la indemnización a la familia de la víctima. Asimismo, el juez los inhabilita para el ejercicio de la profesión de constructor durante el tiempo de la condena y les obliga al pago de una multa de 6.000 euros.

Sin embargo, son absueltos de los delitos contra la seguridad de los trabajadores, homicidio imprudente, omisión del deber de socorro, y encubrimiento los otros cuatro acusados: el arquitecto que redactó el proyecto de la obra, el hermano de uno de los empresarios y obrero, la mujer del mismo empresario y un obrero más, cuñado de otro de los ahora condenados, que se enfrentaban a una petición fiscal de penas de entre un año y medio y cuatro años de prisión, además de multas de hasta 6.000 euros.

Los dos únicos condenados deberán indemnizar de manera conjunta y solidaria a los perjudicados (padre y hermano del fallecido) en la cantidad de 180.000 euros, de las que se deducirán las cantidades consignadas ya satisfechas, teniendo como responsable civil subsidiaria a su propia empresa y como directa y solidaria a la compañía de seguros Mapfre Industrial.

La Fiscalía de Granada solicitaba siete años de prisión para cada uno de los dos empresarios, cinco de inhabilitación y una multa de 10.800 euros para cada uno, por los delitos de homicidio imprudente, riesgo y otro contra el derecho de los trabajadores extranjeros.

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