Granada

Un juez quita una sanción a un joven del 15M porque no estaba en el acto donde decía la Policía

Un Juzgado de Granada ha aceptado el recurso de un simpatizante del 15M que fue multado por la Policía mediante identificación visual, pese a que aseguraba estar en Madrid, al considerar que la presunción de certeza de los dictámenes policiales no elimina la presunción de inocencia del recurrente.

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo 1 de Granada admite el recurso presentado por este joven, que fue multado por su supuesta participación en una concentración en Granada que tuvo lugar mientras, según testigos, estaba en Madrid cuando ocurrieron los hechos. Este joven, de nombre Esteban, fue multado con 602 euros por una falta de desórdenes públicos graves que tuvieron lugar en enero del 2012, fecha en la que varios testigos aseguraron que estaba en Madrid.

El joven presentó tres alegaciones a la multa, todas archivadas, por lo que recurrió al juzgado contencioso para anular la sanción, interpuesta al ser identificado visualmente sin petición de documentación presencial como participante de una protesta del grupo Stop Desahucios, perteneciente al movimiento del 15M.

El juzgado recuerda en la sentencia, que existe la presunción de certeza que ampara como verdad el testimonio y los atestados policiales, pero ha recordado que esta denuncia "no puede por sí misma" eliminar la presunción de inocencia que ampara al demandante. Recoge además que durante la vista oral, que tuvo lugar en febrero, los agentes no detallaron la participación del joven en los actos que provocaron la multa.

Stop Represión lamentó que desde que el 15M inició sus movilizaciones cerca de un centenar de personas acumulan multas por valor de más de 50.000 euros, muchas de ellas por identificación visual.

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