Granada

Una sentencia que abre vías

  • El sacerdote al que coaccionó e injurió el arzobispo tiene la posibilidad de pedir ante los tribunales que se le permita volver a ejercer, dos años después de ser suspendido

Entre otros daños que en mayor o menor medida atribuyó a la mano del arzobispo, el sacerdote Javier Martínez Medina mencionó graves secuelas psíquicas, la pérdida de su cátedra de Historia del Arte en la Facultad de Teología o la suspensión de su canonjía, o potestad para oficiar la eucaristía y administrar los demás sacramentos.

La sentencia que ahora ha condenado a Francisco Javier Martínez Fernández lo hace por un delito de coacciones y una falta de injurias, sin considerar probado ni que el cuadro depresivo que presentaba el sacerdote fuera consecuencia de las presiones soportadas, ni tampoco que el arzobispo influyera en la interrupción de sus vínculos con el ámbito docente. Esas dos cuestiones, al menos en términos legales, quedan por ahora zanjadas.

No lo está tanto, según fuentes judiciales consultadas por este periódico, la relativa a la pérdida de las funciones que ejercía como sacerdote. De hecho, dan como bastante probable que las recuperara en caso de entablar un pleito. Un litigio del que Martínez Medina, por ahora, prefiere no hablar. Para él, y así lo dejó claro el lunes, lo importante es que se haya reconocido, por vía legal, que su versión de los hechos era la correcta. Con eso, vino a decir, se daba por satisfecho.

Y ésa podría ser, de hecho, su única satisfacción. Porque los 3.750 euros que debe abonar el arzobispo son una multa al Estado, no una indemnización a la víctima. Económicamente, el demandante no sacaría ni un euro de esto.

Pero aunque aún no ha pedido otro tipo de compensación, sí que podría hacerlo. Y con muchas opciones de salir victorioso, según las mencionadas fuentes. No tiene que resignarse, si no quiere, a dar misa en privado, como hace ahora.

El problema, resumen, es que el sacerdote fue suspendido de sus funciones, entre otros motivos, por acudir a la vía civil para denunciar las irregularidades de las que aseguraba estar siendo objeto. De acuerdo con el Derecho Canónico, la Iglesia puede suspender a un cura si éste desobedece a su obispo (o a su arzobispo, si hay que ceñirse al caso granadino) y su actitud provoca una situación potencialmente escandalosa o grave.

Pero, siempre según las mencionadas fuentes, Javier Martínez Medina no sólo es que tuviera derecho, como cualquier otro ciudadano, a recurrir a la vía civil para resolver un conflicto, sino que además la sentencia ha constatado que los hechos que denunciaba -algunos de ellos, para ser más exactos- se produjeron realmente.

No se ha demostrado que Martínez Medina se llevara nada que no fuera suyo -le acusaron de apropiación indebida-, pero sí que se le injurió y coaccionó, dos de los motivos por los que acudió a la vía ordinaria. Los argumentos para suspenderle de sus funciones no existirían. Frente a un artículo del Derecho Canónico que podría justificar la medida del arzobispo, hay otro de la Constitución que le ampara en su decisión de acudir a la Justicia para denunciar algo en lo que, encima, llevaba buena parte de razón. Martínez Medina, en buena lógica, podría volver a ser un sacerdote con todas las de la ley, concluyen las fuentes judiciales.

Por otra parte, ni desde la Fiscalía ni desde el entorno del arzobispo se aclaró ayer si se va a presentar un recurso ante la Audiencia Provincial contra la sentencia emitida por el Juzgado de lo Penal número 5. El arzobispo está de viaje en Beirut (Líbano) preparando un encuentro Cristiano-Árabe y, aunque conoce el fallo, aún no obra en su poder, según manifestaron personas cercanas. El plazo para apelar finalizaría teóricamente el día 24 de este mes.

En la Audiencia no habría vista oral, así que el arzobispo no tendría que volver a sentarse en el banquillo de acusados, con lo que se atenuaría el impacto mediático: no habría cámaras de televisión apuntándole ni flashes disparando a medio metro de su cabeza. Lo que no ven muy claro los especialistas consultados es qué podría ganar alargando el proceso: una sentencia absolutoria, aducen, no terminaría de anular el efecto creado por la ahora emitida, aunque sí le eliminaría los antecedentes penales que le crea el fallo de Miguel Ángel Torres.

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