Granada

Una sentencia niega cesión ilegal de empleados de Rober a Alhambra Bus

  • Los trabajadores, que irán hoy a la huelga, piden que se equiparen sus condiciones laborales

En el año 1996 el Ayuntamiento pide a Rober la implantación de nuevas líneas de transporte de viajeros turísticos en la Alhambra y el Albaicín.

En el año 1996 el Ayuntamiento pide a Rober la implantación de nuevas líneas de transporte de viajeros turísticos en la Alhambra y el Albaicín. / carlos gil

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha concluido en una sentencia del pasado 5 de junio que no existe cesión ilegal de trabajadores por parte de la empresa Rober respecto de los trabajadores de Alhambra Bus. De esta forma admite el recurso de suplicación interpuesto por Alhambra Bus contra una sentencia dictada por el juzgado de los Social número 5 de Granada en la que se daba la razón a los trabajadores demandantes.

En su relato de los hechos, los magistrados recuerdan que la empresa Rober es la titular del servicio público de transporte urbano en Granada desde el año 1957. Que la empresa Alhambra Bus se constituye en 1996 formando ambas parte del grupo empresarial Roblaria. Varios días después de la constitución de la segunda mercantil el Ayuntamiento solicita a Rober la implantación de nuevas líneas de transporte de viajeros orientadas a atender la demanda de transporte por parte de turistas y visitantes entre el centro y la Alhambra y el Albaicín procediendo Rober a subcontratar dichos servicios con Alhambra Bus.

Recuerda la sentencia que Alhambra Bus cuenta con una flota de 21 vehículos con sus permisos de circulación y con su evaluación de riesgos de los puestos de trabajo, que tiene facturas de pago de alquiler de instalaciones, auditorías y facturas del alquiler de microbuses a Rober. En el año 200 Alhambra Bus otorga a sus trabajadores preferencia para ser contratados por Rober como fijos y se implanta una bolsa de contratación temporal para que ocupen vacantes de baja por enfermedad. Además subraya que los microbuses de Alhambra Bus se guardan en las mismas cocheras de Rober y existe un sistema unificado entre las dos empresas para bono-bus y pago de billetes.

"El empresario goza en nuestro ordenamiento de libertad de descentralización de sus actividades productivas en ejercicio de su derecho constitucional a la libre empresa, si bien es cierto que esa libertad no es ilimitada, ni incondicional, pues no puede hacerse ni en fraude de ley, ni en perjuicio de los trabajadores", dice la sentencia. Y sigue: "la contrata es la única figura que nuestro ordenamiento "legaliza" como práctica interpositiva; el resto es considerado como cesión ilegal de trabajadores".

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