Crimen de La Rinconada

La Audiencia deja libre a una de las acusadas del "crimen de las cuñadas"

  • La excarcelación se produce después de que una testigo protegido negase rotundamente su participación 

  • El caso da un giro espectacular y la Fiscalía pide que se vuelva a investigar

La Audiencia deja libre a una de las acusadas del “crimen de las cuñadas”

La Audiencia deja libre a una de las acusadas del “crimen de las cuñadas”

Un vuelco a la investigación del asesinado de Anabel Deza Vázquez, la joven fue asesinada de 61 puñaladas el 19 de abril de 2016 en su domicilio de La Rinconada. La Audiencia de Sevilla ha dejado en libertad a Elena N. S., una de las tres sospechosas que llevaban más de dos años en prisión provisional, después de que una testigo protegido negase rotundamente la participación de esta acusada en el crimen, en el transcurso de una rueda de reconocimiento practicada el pasado 5 de julio a instancias de su abogado defensor, Enrique Rojo.

Una vez practicada esa rueda de reconocimiento, ni la Fiscalía de Sevilla ni la Junta de Andalucía, personada como acusación particular en la causa, se opusieron a la puesta en libertad de la joven, que abandonó la cárcel el martes. Es más, la Junta consideró que tras esa prueba estaba justificado que se decretase la puesta en libertad, siempre y cuando Elena N. reiterara el contenido de una carta mecanografiada enviada supuestamente por la acusada –para lo cual la Junta pedía que firmara dicha carta– y en la que explicaba cómo habían ocurrido los hechos.

La causa contra los tres acusados –junto a Elena fueron procesadas su hermana Rosa y el novio de ésta, Francisco Javier M. R.– estaba ya en la Audiencia de Sevilla, donde iba a ser enjuiciada por un jurado popular que iba a ser presidido por la magistrada de la Sección Séptima Esperanza Jiménez Mantecón, quien el pasado martes dictó el auto de libertad de Elena N., quien no obstante sigue investigada en la causa y deberá comparecer en el juzgado dos veces al mes. En el auto, la magistrada recuerda que en este caso “ni existe acusación que interese el mantenimiento de la medida cautelar ni resultaría adecuado a la vista del giro que la causa ha tomado mantener a Elena N. en prisión, lo que ha de llevara que se modifique la medida, si bien, siendo aún acusada”, su libertad va acompañada de esa obligación de comparecer regularmente en el juzgado.

La Audiencia rechaza asimismo supeditar la libertad provisional a la firma de una carta que en su día mandó la acusada al órgano judicial, puesto que “las causas que deben motivar la decisión están en única y directa relación con las circunstancias que afecten propiamente a la afectada”.

El tribunal recuerda en el auto que Elena N. llevaba en prisión desde el 23 de abril de 2016 y que dicha situación fue prorrogada en marzo pasado, con lo que llevaba más de dos años privada de libertad. El auto destaca precisamente que la joven no fue identificada en la rueda de reconocimiento fotográfico y que ninguna de las acusaciones se ha opuesto a su salida de prisión.

De hecho, el fiscal del caso, Gabriel González, ha pedido que los autos sean devueltos al juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla “dados los nuevos elementos surgidos tras la práctica del reconocimiento, siendo relevantes para la instrucción de la causa y alterando el curso de la misma”.

Dice el representante del Ministerio Público que es preciso que la causa vuelva a instrucción para “acomodar las actuaciones a las circunstancias nuevas, lo que implica la necesidad de retrotraer las actuaciones a fin de proceder a la declaración de la nulidad parcial de aquellas resoluciones que supusieron la continuación contra los actuales tres investigados, siendo en sede instrucción donde se deberá valorar la apertura de una nueva línea de investigación, previo traslado a las partes personadas para que informe sobre el momento de retroacción de actuaciones”, según precisa el fiscal en un escrito dirigido al tribunal del jurado, al que tuvo acceso este periódico.

La Fiscalía de Sevilla había reclamado una condena de 25 años de prisión para los tres acusados, al considerar que sometieron a la víctima, madre de cuatro hijos, a una “brutal, despiadada y repetida paliza” y le infligieron un “grave martirio”.

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