TRÁFICO

Así se aplican las velocidades 20, 30 y 50 km/h en vía urbana y travesías

Vía en Sevilla con límite de velocidad de 30 km/h

Vía en Sevilla con límite de velocidad de 30 km/h / Juan Carlos Vázquez

A finales del año pasado entró en vigor la regulación de los límites de velocidad en vías urbanas y travesías. La Dirección General de Tráfico limitó la velocidad a 30 km/h para mejorar la seguridad vial en las ciudades tras registrar datos de un 21% de fallecidos en accidentes de tráfico por atropellos mortales, la mayoría en ciudades y un 69% durante el día. Además, resultaba necesario conciliar el uso compartido de la calzada que se hace en las urbes por parte de los automóviles y las cada vez más extendidas soluciones de movilidad personal, como los patinetes eléctricos, y la bicicleta.

Esta decisión no ha estado exenta de polémica, con ocho de cada diez conductores apuntando que les parece complicado acatar el nuevo límite máximo de 30 kilómetros por hora en las vías urbanas y más de la mitad de los automovilistas rechazando la medida, algo que provoca que algunos ayuntamiento se replanteen la medida. Ante esto, desde la DGT y la FEMP han lanzado una guía con los nuevos límites de velocidad en vías urbanas y travesías con ejemplos de aplicación.

La nueva velocidad de referencia para las calles de un único carril por sentido es de 30km/h y permite reducir ese baile de aceleraciones y frenadas, haciendo que el tráfico sea más continuo. Además el nuevo limite de 30 km/h mejora la percepción que tienen los conductores de las calles por las que pasan. Como consecuencia de ello se reduce el riesgo de accidentes así como su gravedad.

El limite de 30 km/h mejora la percepción que tienen los conductores de las calles por las que pasan

El Articulo 50 del Reglamento General de Circulación es el que regula estos aspectos de velocidad en la circulación, estableciendo que el límite genérico de velocidad en vías urbanas se regulará de la siguiente forma:

  • 20 km/h en vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera.
  • 30 km/h en vías de un único carril por sentido de circulación.
  • 50 km/h en vías de dos o más carriles por sentido de circulación.

A estos efectos, los carriles reservados para la circulación de determinados usuarios o uso exclusivo de transporte público no serán contabilizados.

Velocidades genéricas establecidas y sus excepciones

Las velocidades genéricas establecidas podrán ser rebajadas previa señalización específica, por la Autoridad Municipal, así como aumentar hasta los 50 km/h en vías de un único carril por sentido.

El límite genérico de velocidad en travesías es de 50 km/h para todo tipo de vehículos. Este límite podrá ser rebajado por acuerdo de la Autoridad Municipal con el titular de la vía, previa señalización específica.

Por último, el límite genérico de velocidad en autopistas y autovías que transcurren dentro de poblado será de 80 km/h, no obstante podrán ser ampliados por acuerdo de la Autoridad Municipal y el titular de la vía, previa señalización específica, sin rebasar en ningún caso los límites genéricos establecidos para dichas vías fuera de poblado.

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