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¿Es obligatorio llevar el casco al conducir un patinete eléctrico?

Un usuario de patinete en dirección a la avenida de las Delicias.

Un usuario de patinete en dirección a la avenida de las Delicias. / José Angel García

El uso de los patinetes eléctricos se ha multiplicado en los últimos años y con ello el número de incidentes con otro tipo de vehículos y peatones a la hora de compartir espacios en la vía pública. En lo que llevamos de año se han producido más de 200 accidentes de patinete en España, de los que se han tenido que lamentar cinco muertes, según datos de accidentes publicados por los medios de comunicación y recogidos en un informe de la Fundación MAPFRE. Caerse y golpearse contra la acera o el bordillo, chocar con otros vehículos o atropellar a personas son los motivos más comunes de las mismas. Fallecimientos que en algunas ocasiones podrían haberse evitado si las víctimas hubieran llevado casco. Porque, ¿es obligatorio llevar el caso al conducir un patinete eléctrico?

La última Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos y Seguridad Vial incorporó ya algunas novedades para que, independientemente de las normas de movilidad que establezcan cada municipio, todos los usuarios deban cumplir unas condiciones mínimas. Y estas condiciones mínimas recogen la obligación de que los conductores de cualquier VMP (vehículo de movilidad personal) lleven casco. Además de estos, los conductores de patinetes eléctricos tienen prohibido circular por aceras, autopistas, autovías, o túneles en ámbito urbano y no deben superar los 25 km/h.

La DGT decidió intervenir ante la generalizada mala praxis de los conductores de patinete, que había derivado en que el año pasado fallecieron hasta trece personas en siniestros en los que estuvo implicado un patinete eléctrico, más del doble que el año anterior (2020), y las medidas han mejorado los registros, no sin alcanzar el objetivo de cero víctimas. 

Características del casco para patinete

El artículo 47 del reglamento de la DGT para los VMP obliga a los conductores de un vehículo de movilidad personal a utilizar casco de protección homologado. Por supuesto los usuarios no podrán llevar cascos o auriculares ni mucho menos manejar el móvil mientras circulen con uno de estos vehículos. En caso de incumplimiento, el infractor se expone a sanciones de hasta 200 euros.

Y no vale cualquier casco. Debe cumplir una serie de características: La carcasa debe estar hecha de policarbonato y el interior, de poliestireno expandido. Debe cubrir la frente, pero a la vez permitir la visibilidad frontal y lateral. El casco deja las orejas al aire y permite llevar gafas. Además, debe cubrir la cabeza por detrás hasta la nuca y pasar determinadas pruebas de resistencia.

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