Análisis

JoseMaría castillo

Doctor y docente de Secundaria

Claves para un pacto educativo

La polarización ideológica ignora la realidad de las aulas, centros y consejos escolares

Docentes, padres y madres afrontamos desde el pasado 19 de enero, aplicadas o no, la octava Ley educativa de nuestra etapa democrática conocida como "ley Celaá" (LOMLOE), precedida de polémica en esta ocasión por interpretarse que ha sido utilizada como "moneda de cambio" para el apoyo a los PGE sin escuchar a la comunidad educativa ni a los agentes sociales. Este artículo pretende quitar la máscara de polarización ideológica de izquierda y derecha ofreciendo soluciones sensatas en aquellas claves que entiendo impiden alcanzar un ansiado pacto de estado educativo alejado de populismos que ignoran la realidad de las aulas, centros y consejos escolares.

Desde el preámbulo de esta nueva Ley el término equidad destaca sobremanera, pero debe conciliar tanto el cumplimiento efectivo de los derechos de la infancia de Naciones Unidas ratificada en 1990 reconociendo el interés superior del menor, como la libertad de elección de los padres/madres que consagra la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Constitución Española de 1978 para elegir la educación que prefieren para sus hijos/as.

Como muestra del continuo conflicto, la Generalitat anunció el pasado diciembre tras sentencia del TSJC que recurrirá al Tribunal Supremo para invalidar el uso vehicular del castellano en base a la "ley Celaá". Y el pasado 29 de marzo el Partido Popular presentó recurso de inconstitucionalidad contra la LOMLOE.

Pero el tratamiento de la religión versus el tratamiento transversal de la educación afectivo-sexual, violencia de genero e identidad de suponen las mayores divergencias que polarizan el debate público entorno al llamado pin parental.

Como primera clave, a corto plazo, la nueva Ley mantiene la oferta obligatoria pero no computable de Religión sin la necesidad de cursar una materia alternativa, aunque también la posibilidad de establecer la enseñanza no confesional de Cultura de las Religiones que ya recogía la LOE. Es imposible abstraernos del hecho religioso en la historia de la humanidad sea cual sea la religión que se profese, pero a la vez debemos respetar tanto el ateísmo como el agnosticismo. Fueron claramente infructuosos, pero quizá premonitorios los intentos del expresidente Nicolás Sarkozy en 2008 cuando trató de impulsar la tan de moda entonces laicidad positiva como forma de reflexión moral ante la responsabilidad del Estado por el riesgo de agotarse o transformarse en fanatismo. Por todo ello, Religión o alternativamente Valores Cívicos y Éticos (Valores Democráticos), deberían ser ambas evaluables y computables como medio de colaborar en la adquisición de dichos valores.

Y es precisamente en Valores Democráticos donde entiendo deben encajarse el tratamiento específico de los contenidos transversales que integran los Planes, Programas y Proyectos Educativos en el caso de participación de personas ajenas al profesorado del Centro. En ningún caso podemos etiquetar a los Centros en función de ningún pin, puesto que, preceptivamente programadas y aprobadas por el Consejo Escolar, dichas actividades complementarias se realizan durante el horario lectivo, tanto dentro como fuera del Centro, pero que son como en cualquier materia de participación voluntaria y con autorización expresa de los padres/madres/tutores legales en caso de salida y previa aportación monetaria si fuese necesaria.

Como segunda clave, la elección de Centro en los procesos de escolarización marca la nueva Ley al eliminar el término "demanda social". Ninguno de los criterios tendrá carácter excluyente ni podrá superar el 30% de la puntuación máxima, salvo la proximidad al domicilio, aunque la Junta de Andalucía ha optado recientemente por otorgar esa misma puntuación a la presencia de hermanos/as. En mi opinión la necesidad de apoyo educativo para alumnado con dificultades debería establecerse con mayor objetividad al mismo nivel que esos dos prioritarios, y el resto del porcentaje asignarlo al resto de circunstancias particulares.

Pero a este proceso de escolarización y elección de Centro, a largo plazo, debería implementarse una reorganización, que no supresión, de centros educativos para ajustarse a la Ley respecto a la clasificación de centros de Educación Infantil y Primaria, Secundaria y Bachillerato, y centros integrados de Formación Profesional. No resulta equitativo que existan diferencias o privilegios a este respecto entre centros financiados con fondos públicos. Cuestión distinta son los centros privados cuyos padres/madres, por cierto, sufragan con sus impuestos las enseñanzas pública y concertada sin hacer uso de ese derecho educativo. Por esta razón no deberían existir centros de "todo en uno" en la red concertada donde se imparta desde la Educación Infantil hasta el Bachillerato y/o Formación Profesional mientras no existan en la red pública si buscamos esa equidad.

Otro aspecto relevante es la posibilidad de obtener el título en Bachillerato con una materia pendiente, lo cual se justifica en el preámbulo de modo análogo a los procedimientos de compensación existentes en la enseñanza universitaria. Particularmente no entiendo que este argumento pudiera justificar tal medida puesto que niego la mayor: ni debe existir en Bachillerato ni en la etapa universitaria. En cualquier caso, la Ley está aún a falta de su desarrollo curricular autonómico para interpretar la "inasistencia continuada y no justificada" que demostraría el abandono de una materia.

Por último, no puede interpretarse en su lectura literal de la Ley que exista riesgo de supresión de los centros de Educación Especial en el plazo de diez años, sino que se generalizará la existencia en todos los institutos ordinarios de esa aula. Con esta esperanza reivindico como profesional una actitud empática hacia padres/madres para que tengan la última palabra en la decisión sobre dónde escolarizar a su hijo/a si requiere una atención muy especializada.

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