La esquina

José Aguilar

jaguilar@grupojoly.com

¿Hay derecho a no vacunarse?

Es grave que el TSJA haya suspendido la orden de la Junta para controlar a quienes cuidan a los ancianos

Mientras el mundo se plantea un debate trascendental (¿vacunar a los países pobres o vacunar por tercera vez en los países ricos?) y en Occidente empieza a plantearse un debate más obsceno aún (¿vacunar a los colectivos humanos restantes o empezar a vacunar a las mascotas?), en Andalucía se discute si hay necesidad de imponer más controles a los trabajadores sanitarios que se niegan a vacunarse.

El problema se venía incubando desde el momento mismo en que el Gobierno de la nación decidió interpretar la cogobernanza como escaqueo y endosó a las comunidades autónomas las principales tareas en la lucha contra el Covid. Levantó el estado de alarma sin haber aprovechado su vigencia para reformar la legislación sanitaria ni dotar a las autonomías de instrumentos jurídicos adecuados para afrontar las nuevas dimensiones de la pandemia.

Esto ha llegado a las residencias de ancianos y centros sanitarios, donde el virus ha hecho estragos. Sólo en Andalucía se produjeron 10.800 contagios -entre 43.000 residentes- y más de dos mil muertes. Claramente, personas en situación de riesgo grave, a las que hace mucho más vulnerable el hecho de que más de seiscientos cuidadores y otros trabajadores rechacen ser vacunados para evitar infectar a esos mayores.

Los cuidadores andaluces objetores de la vacunación recurrieron una orden de la Junta de Andalucía que ni siquiera les obligaba a vacunarse, sino que ofrecía someterlos a tests de Covid-19 periódicamente, reclamando su libertad vulnerada (libertad, libertad, ¡cuántos desafueros se cometen en tu nombre!). Lo grave es que el Tribunal Superior de Justicia ha aceptado el recurso y mientras se toma su tiempo para resolverlo ha decidido suspender la orden, dejando al colectivo de mayores en residencias indefenso ante un peligro cierto e inminente.

Cualquier profano diría que todo derecho fundamental tiene limitaciones, ninguno es irrestricto. La libertad de los cuidadores insumisos, tan respetable, no puede suponer una agresión al derecho de los ancianos cuidados a la vida, la salud y la integridad. Un bien colectivo frente a un bien individual: no hay color. El derecho a la libre circulación lo limitan las señales de tráfico; el de la libre expresión no concede derecho a la calumnia, y así todos. No existen derechos incondicionados si queremos convivir pacíficamente. Si cada uno hace su voluntad se sabe lo que pasa: siempre pierden los débiles. En este caso, los ancianos.

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