La tribuna

La farmacia andaluza ve la luz

LA farmacia en Andalucía se encuentra en un momento clave. El día 4 de diciembre se aprobó la Ley de Farmacia andaluza. No se trata de algo innovador, ya que todas las comunidades autónomas cuentan con su normativa relativa a la planificación farmacéutica. Andalucía, la comunidad más populosa de España, con más de siete millones y medio de habitantes, durante las tres últimas legislaturas ha intentando aprobar su ley. El periplo comenzó en 1996 para dar cumplimiento al programa electoral del partido gobernante. Se elaboró un borrador que quedó olvidado en el cajón al no superar los tiempos parlamentarios para su aprobación.

En 2000 se retomó el tema y de nuevo el tiempo ganó la batalla a la aprobación de la ley. Se buscó una solución alternativa: la aprobación de un reglamento pocos meses antes de terminar la legislatura. Duró lo que un caramelo a la puerta de un colegio, ya que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía lo anuló. El motivo es simple y ya había sido señalado por una sentencia del Tribunal Constitucional en 1984. Decía el Alto Tribunal que la planificación farmacéutica debía regularse mediante normas con rango de ley, puesto que debe establecer un sistema de prestación farmacéutica para todos los ciudadanos y así dar cumplimiento al artículo 43 de la Constitución Española que establece el derecho a la protección de la salud. Este derecho constitucional supone un sistema de seguridad social universal: uno de los grandes logros de la política española de las últimas décadas. La oficina de farmacia privada tiene un papel importantísimo en este sistema, al ser el garante de la prestación farmacéutica para los usuarios-pacientes, allí donde éstos residan.

Y llegamos a la presente legislatura, en la que de nuevo se abordan los deberes pendientes. Andalucía, con su Administración sanitaria y corporaciones farmacéuticas a la cabeza, han sido pioneras o punta de lanza en el país en temas muy importantes. Es la primera comunidad en contención del gasto farmacéutico gracias a la prescripción por principio activo, medida que está siendo copiada por numerosas autonomías, dados sus excelentes resultados. También ha sido la primera en poner en funcionamiento la receta electrónica, con todas las ventajas que ello supone, no sólo desde el punto de vista clínico, sino administrativo. Pero habíamos dejado la ley olvidada. Hemos sido los últimos, pero soy de los que piensan que nunca en tarde si la dicha es buena. Y creo y confío en ello.

La Ley de Farmacia va suponer una gran mejora de la prestación farmacéutica para todos los andaluces. Permitirá, a medio plazo, casi medio millar de nuevas aperturas de oficinas de farmacia en aquellos entornos en los que actualmente hay un déficit de las mismas, que son muchos. Hay que tener en cuenta que llevamos casi una década con un bloqueo administrativo en este tema, ya que la legislación vigente, orden de 1979 que recoge el baremo de méritos, supone la autorización de nuevas farmacias a personas en torno a los 90 años. Bajo mi criterio ello es incongruente por las propias condiciones físicas y mentales que tienen normalmente personas de esa edad. La nueva normativa otorgará las nuevas farmacias a los más capacitados y formados, en muchos casos farmacéuticos jóvenes.

Los farmacéuticos también se beneficiarán con la nueva ley de una norma que les dará mayor seguridad en su ámbito laboral. De entrada las sanciones vigentes serán disminuidas. Hay que tener en cuenta que la actuación de un farmacéutico puede suponer una infracción administrativa y/o penal. Pues bien, en algunos casos la administrativa puede llegar a ser, en estos momentos, 45 veces superior a la penal por el mismo hecho. Ello ha supuesto una reflexión política sobre lo desmedido de estas sanciones. La nueva regulación es más acorde con sectores profesionales similares y trata al farmacéutico con criterios lógicos. También la nueva ley va a permitir la puesta en marcha de proyectos sanitarios, seguimiento farmacoterapéutico, mayor colaboración con el sistema sanitario, etcéteraý Si me pidiesen que calificase el texto, le otorgaría un notable alto por todo lo bueno y las mejoras que para el sistema andaluz supone.

Pero no quiero terminar sin justificar por qué entiendo que la ley podía haber sido mejor. Contiene algunos errores técnicos de naturaleza semántica y jurídica, alguna de las disposiciones adicionales tiene efectos retroactivos -lo que no es deseable en una norma- y finalmente creo que la forma en que se ha abordado la cuestión de la transmisión onerosa de las oficinas de farmacia es cuanto menos peculiar. Comparto el fondo de la regulación, pero hubiera utilizado caminos alternativos para llegar al mismo resultado. Tengo mis dudas sobre la legalidad de la forma utilizada en esta cuestión, pero mi esperanza es que no genere la anulación de la ley, como ya ocurriera en otras comunidades españolas.

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