La ciudad y los días

Carlos Colón

ccolon@grupojoly.com

Contra piquetes

No debe tolerarse cualquier coacción o violencia contra los huelguistas y contra quienes no secundan la huelga

Sobrada de razón ha estado la ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Raquel Sánchez, al pedir a los piquetes que actúan en la huelga en el transporte por carretera que no obstaculicen el desarrollo de la actividad a los trabajadores que desean seguir trabajando: "Hago un llamamiento a la calma. Entiendo las reivindicaciones, aunque hay que decir que es una representación muy minoritaria, pero por favor que permitan desarrollar el trabajo de los transportistas que quieren realizarlo, que hacen una labor extraordinaria, como han demostrado en toda la pandemia".

El incontestable derecho a la huelga, esencial en toda democracia, tiene el reverso igualmente incontestable y esencial en toda democracia, a no secundarla. Ningún trabajador puede ser coaccionado para impedir que secunde una huelga. Pero tampoco para obligarle a secundarla si, por la razón que sea, no lo desea. Los piquetes, eufemísticamente llamados "de información", actúan en muchos casos, por no decir en casi todos, como coacción. Incluso recurriendo a la violencia física (lo preciso porque impedir a alguien que trabaje si quiere hacerlo, aunque no se le agreda físicamente, es ya una forma de violencia coactiva). En la era de la información es absurdo seguir llamando "informativos" a los piquetes.

El punto 2, artículo 28, sección primera (De los derechos y deberes fundamentales y de las libertades públicas) de la Constitución reconoce "el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses". Sobre esto no caben dudas. Un derecho más celosamente apreciado los españoles, a los que les estuvo negado por la dictadura -que consideraba la huelga un delito de sedición- desde 1938 hasta 1978. Sobre esto no caben dudas. Pero tampoco deberían caber en lo que se refiere a la coacción y la violencia ejercida contra los trabajadores que no deseen secundarla. En el desarrollo del articulado correspondiente al derecho a la huelga se advierte que "se respetará la libertad de trabajo de aquellos trabajadores que no quieran sumarse a la huelga", matizando que "los huelguistas no pueden ser sustituidos por trabajadores que no estuviesen vinculados a la empresa en el momento de ser declarada la huelga". Estando tan claro el marco legal, como corresponde a una plena democracia, está de más cualquier coacción o violencia, ya sea contra los huelguistas o contra quienes no secundan la huelga.

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