Tribuna

Antonio montero alcaide

Inspector de Educación

Identidad de la Formación Profesional

Identidad de la Formación Profesional Identidad de la Formación Profesional

Identidad de la Formación Profesional / rosell

La Formación Profesional en el sistema educativo, con su actual configuración, tiene origen en una ley que concitó grandes adhesiones y no pocos cuestionamientos: la Ley de Ordenación General del Sistema Educativo (Logse), de 1990, hace casi tres décadas. De una segunda vía, con menor exigencia académica que el Bachillerato, la Formación Profesional pasó a ser una opción atractiva y, aunque subsistan algunos prejuicios, abandonó su naturaleza inferior, señalada además por la relevancia social de la Educación Secundaria que abría las puertas de los estudios universitarios. La extensión en dos años de edad, de 14 a 16, de la educación obligatoria y, sobre todo, la conclusión de la misma con un título común, el Graduado en Educación Secundaria -necesario con carácter general para acceder tanto al Bachillerato como a la Formación Profesional-, fueron cambios relevantes de la Logse que ordenaron, de modo más adecuado y satisfactorio, la Formación Profesional.

En la actualidad, tales enseñanzas comprenden tres ciclos: ciclos de Formación Profesional Básica, que conducen al Título Profesional Básico; ciclos formativos de grado medio, con título de Técnico de Formación Profesional, y ciclos formativos de grado superior, con título de Técnico Superior de Formación Profesional. La Formación Profesional Básica tiene como principal destinatario al alumnado que, iniciada la Educación Secundaria Obligatoria, presenta dificultades para la obtención del título de esta etapa. El acceso general a los ciclos formativos de grado medio se verifica con el Título Profesional Básico, con el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, además de con otros títulos (Bachiller, títulos universitarios, títulos de Técnico o de Técnico Superior de Formación Profesional), o con la superación de cursos de formación específicos para el acceso o pruebas de acceso, en ambos casos con 17 años de edad cumplidos en el año que se realice el curso o la prueba. Finalmente, puede accederse a los ciclos de grado superior, con el título de Bachillerato, un título universitario, un título de Técnico o de Técnico Superior de Formación Profesional o la superación de una prueba de acceso, con 19 años cumplidos en el año de realización de la misma.

Sólo por apuntar la relevancia de estos últimos ciclos formativos de grado superior, la titulación a que conducen, Técnico Superior, permite el acceso a la Universidad e incluso la convalidación de algunas materias de los grados universitarios. En tal sentido, la Formación Profesional de grado superior forma parte de las enseñanzas, como las universitarias, que en el sistema educativo tienen el carácter de educación superior.

Por otra parte, todos los ciclos de la Formación Profesional incluyen una fase de formación práctica en centros de trabajo, con una alta inserción profesional facilitada en el caso de algunos títulos. Además de establecerse la Formación Profesional dual del Sistema Educativo Español como "conjunto de acciones e iniciativas formativas que, en corresponsabilidad con las empresas, tiene por objeto la cualificación profesional de las personas, armonizando los procesos de enseñanza y aprendizaje entre los centros educativos y los centros de trabajo", con la promulgación de la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (Lomce, 2013).

Así las cosas, algunas cuestiones requieren atención para que no se desvirtúe la entidad alcanzada por la Formación Profesional. Una primera tiene relación con la alta tasa de abandono escolar en los ciclos formativos de grado medio cuando, subsistiendo de algún modo el pretérito carácter de la Formación Profesional como enseñanzas menos relevantes, accede a tales ciclos alumnado sin las capacidades o competencias necesarias. Otra cuestión tiene que ver con la transición entre los ciclos de grado medio y de grado superior, auspiciada entre otras razones por la necesidad de reducir las tasas de abandono escolar temprano como objetivo de la Marco estratégico Educación y Formación 2020 (ET 2020) para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación. Conviene recordar, en este caso, que la Logse (1990) atribuía carácter diferenciado y naturaleza propia a cada uno de los entonces grado medio y grado superior de la Formación Profesional Específica. Dado que no se concebían como una formación progresiva (ante el precedente de las antiguas Formación Profesional I y II), sino que la competencia profesional, diferenciada y específica de cada ciclo, era la que requería, en cada caso, un grado medio o superior no sucesivos. De ahí que se establecieran, como requisitos académicos, el acceso al grado medio con el título de Graduado en Educación Secundaria y al grado superior con el título de Bachiller. Finalmente, ha de propiciarse un significativo incremento de la oferta de enseñanzas de Formación Profesional, ante una alta demanda de las mimas que evidencia su valor.

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