Provincia

Absueltos el secretario y el arquitecto de Atarfe de prevaricar y malversar

  • Fueron juzgados por una operación urbanística llevada a cabo en 2005 por la empresa municipal Proyecto Atarfe S.A.

La Audiencia de Granada ha absuelto al secretario y al arquitecto del Ayuntamiento de Atarfe, Luis Gustavo G.C. y José Antonio L.G., respectivamente, de los delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos que les imputaba la Fiscalía por una operación llevada a cabo en 2005 por la empresa municipal Proyecto Atarfe en unos terrenos del municipio.

La resolución, dictada el pasado 8 de junio y a la que ha tenido acceso este diario, también absuelve al consejero delegado de Proyecto Atarfe, Antonio I.G., que también estaba acusado. La vista se celebró en mayo, en la Sección Primera, con la ausencia del ex alcalde Víctor Sánchez (PSOE), para quien se archivó provisionalmente la causa por su delicado estado de salud.

Los magistrados creen que existen datos en la causa "más que bastantes" que impiden considerar acreditado, "con la imprescindible seguridad que exige todo pronunciamiento de condena", que la conducta de los acusados encaje en los delitos por los que han sido enjuiciados. Así, descartan tanto la prevaricación (urbanística y ordinaria), como la malversación de caudales públicos, por la que se pretendía la condena de los tres acusados "como incursos en lo que habría constituido una ilícita enajenación del patrimonio municipal del suelo de Atarfe". Por estos ilícitos el fiscal pedía 3 años de prisión y 10 de inhabilitación para el secretario y el consejero delegado, y 4 años y medio de cárcel y 18 de inhabilitación para el arquitecto.

La sentencia considera probado que el 25 de febrero de 2005 Proyecto Atarfe S.A. presentó un Estudio de Detalle (ED) para la ordenación urbanística de los terrenos de la Unidad de Ejecución 12 del municipio y la ordenación volumétrica de una de sus manzanas. El arquitecto consideró entonces que dicho estudio "se ajustaba a las determinaciones del planeamiento general vigente", si bien condicionaba su aprobación "a un cambio tipológico de vivienda unifamiliar a plurifamiliar en manzana cerrada de inclusión". Tras su informe, se dio luz verde a ese cambio, sobre el cual la Audiencia concluye "que no ha quedado acreditado que llegara a suponer un incremento de aprovechamiento urbanístico o de edificabilidad". A raíz de esta operación, en 2006 se dieron una serie de licencias para la construcción en esos suelos de bloques de viviendas plurifamiliares, tras ser emitidos por el arquitecto informes favorables.

También en febrero de 2005 se produjo la aprobación inicial de la ordenanza reguladora de las viviendas metropolitanas de protección local, aprobándose en septiembre el proyecto de reparcelación de la indicada Unidad de Ejecución 12, en virtud del cual se adjudicaba al Ayuntamiento de Atarfe una parcela de unos 1.900 metros cuadrados. Ya en mayo de 2006, en ejecución de lo que se estableció en el Estudio de Detalle y el proyecto técnico de edificación, Proyecto Atarfe S.A. solicitó del Ayuntamiento una licencia de segregación respecto de una de las fincas de la citada parcela , que fue vendida a la entidad Duaro 2000, siendo después vendida asimismo la finca matriz a otra entidad. Es en esta segunda parte de la operación donde se apreciaba la supuesta malversación, pero el fallo establece que "en relación con el precio de enajenación, en modo alguno existe la menor acreditación de que se llegara a producir el imprescindible perjuicio para el erario público ni, menos aún, que cualquiera de los hoy acusados actuara con el ánimo de lucro exigido".

Sobre la actuación del secretario municipal, que ha estado representado por el letrado Pablo Luna, la sentencia señala que no consta acreditado "que en momento alguno le fuera requerido informe jurídico, ni escrito ni verbal, en relación con cualquiera de dichos trámites, constando por contra la existencia de asesores jurídicos externos contratados por el Ayuntamiento".

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