Provincia

Bonificación de hasta el 50% del IBI para 35 familias numerosas

  • Todos los contribuyentes podrán fraccionar sus recibos sin interés de demora

De las 48 familias numerosas de Almuñécar que solicitaron las bonificaciones previstas en la Ordenanza Fiscal, 35 han resultado beneficiadas con descuentos en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles que oscilan entre el 20 y el 50%. La totalidad de los contribuyentes tendrán por su parte la posibilidad de fraccionar sus recibos sin interés de demora, siempre que estén al día con la Hacienda municipal.

Las familias numerosas beneficiadas presentaron las solicitudes en los meses de enero y febrero acogiéndose al artículo de la Ordenanza Municipal Fiscal reguladora de este impuesto inmobiliario que recoge la bonificación a los propietarios que cumplan los requisitos establecidos en cuanto a ingresos mensuales.

Por otra parte, y tras el acuerdo plenario del pasado 10 de abril, desde el presente ejercicio los contribuyentes sexitanos podrán abonar sus obligaciones impositivas mediante un plan de pagos personalizado ya que no se exigirá interés de demora en los fraccionamientos de pago correspondientes a recibos de vencimiento periódico. Para ello, los beneficiarios deberán estar al corriente de pago de sus deudas con la Hacienda municipal mientras que las cuotas resultantes del fraccionamiento deberán ser de un importe igual o superior a 25 euros y el plazo deberá estar dentro del ejercicio económico en cuestión.

El servicio municipal de Recaudación Municipal del Ayuntamiento de Almuñécar puso al cobro el pasado 1 de junio el primer plazo del IBI en periodo voluntario, que se extenderá hasta el 31 de julio inclusive. El segundo plazo irá desde el 1 de agosto al 1 de octubre. En cuanto al IBI Rústica, el plazo único fijado va del 1 de junio al 31 de julio.

El Ayuntamiento advirtió que transcurrido el plazo de ingreso en periodo voluntario, "las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán los correspondientes recargos del periodo ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan".

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