sierra nevada

Cetursa tendrá que aplicar de forma íntegra el convenio de hostelería

  • La empresa está obligada a abonar el premio de natalidad a los trabajadores que sean padres

Un establecimiento de la estación.

Un establecimiento de la estación. / g. h.

Cetursa está obligada a aplicar íntegro el convenio de hostelería, teniendo que pagar el "premio de natalidad", unos 140 euros, a los trabajadores en caso de nacimiento o adopción de un hijo. Así se indica en la sentencia de esta causa, que se inició tras una denuncia de UGT y que ha fallado a favor del sindicato.

Según informó UGT, la empresa pública encargada de la gestión de Sierra Nevada, Cetursa, se negaba "por sistema" al abono de dicho concepto, hecho que puso de manifiesto también en un acto de mediación en el Servicio Extrajudicial de Resolución de Conflictos Laborales, que terminó "sin avenencia".

Según explicó el responsable de Hostelería de la Federación de Servicios, Movilidad y Consumo de UGT Granada, Miguel Ángel Prieto, en la sentencia condenatoria a Cetursa, la juez incluso reconoce esta cantidad como masa salarial y no simplemente como un concepto de ayuda social, tal y como se reclamaba desde el sindicato en la demanda.

Así, el representante de los trabajadores mostró su satisfacción por el fallo judicial pues, a su entender, Cetursa no puede aplicar el convenio "a la carta", según le convenga o no.

Prieto espera que esta sentencia sirva como ejemplo para el resto de empresas de hostelería en Granada, pues "se mantiene el conflicto para negociar un nuevo convenio colectivo" y "muchas empresas del sector se están negando incluso a aplicar el vigente, condenando a las plantillas a la precariedad más absoluta". Además advirtío que UGT va a estar "vigilante ante cualquier posible incumplimiento en materia laboral no sólo por parte de Cetursa-Hostelería, sino de cualquier empresa del sector".

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