Provincia

PSOE y CA miran a Málaga para defender su modelo de Mancomunidad

  • Los populares basan su recurso en un informe según el cual las vocalías deben distribuirse según los votos obtenidos

Ni el propio Gonzalo Fernández Pulido creía hace unos días que el PP interpusiese finalmente los recursos de los nombramientos de los vocales de Albuñol y Salobreña para que el proceso para hacerse con el gobierno de la Mancomunidad se detuviese. En Almuñécar no puede presentarse ninguna apelación porque la alcaldesa paró en el último pleno la designación solicitada por la oposición de los vocales para dicha administración local, de ahí que no quepa ningún recurso aún contra algo que no se ha producido. Sin embargo, en los casos restantes en los que CA que, tal y como adelantó este periódico, tendría la llave del ente supramunicipal y que en este caso se ha aliado con el PSOE, los recursos pueden poner en peligro la presidencia del actual alcalde de Salobreña.

Sin embargo, CA y PSOE tienen un as en la manga: un caso similar en la Costa del Sol que puede suponer un precedente para convencer al tribunal. Los populares basan sus recursos en un informe de la secretaria de la Mancomunidad según el cual las vocalías debían distribuirse según la cantidad general de votos obtenidos y no por elección del pleno. Sin embargo, el Consejo Consultivo de Andalucía en su dictamen 337/2011 defiende "la legalidad de los acuerdos plenarios y respeta el principio de proporcionalidad".

Así, el presidente de la Mancomunidad de Municipios de la Costa del Sol Occidental de Málaga solicitó el 20 de abril de este año consulta facultativa relativa al sistema proporcional que deben seguir los ayuntamientos al designar a sus representantes en las mancomunidades a las que pertenezcan. El presidente del citado ente supramunicipal justificaba la trascendencia de la consulta en base a que tras las elecciones municipales de mayo, las diferentes Mancomunidades de Municipios de Andalucía debían constituirse conforme a lo que dispongan sus Estatutos correspondientes y de acuerdo con la citada Ley de Autonomía Local de Andalucía.

Concretamente, el artículo 67.2 de la Ley 5/2010 de 11 de junio establece que "los representantes se designarán por cada municipio de forma proporcional a los resultados electorales obtenidos en las últimas elecciones locales". El Consejo Consultivo, en sesión celebrada el 25 de mayo, reconoce que el artículo 67.2 otorga un margen de libre configuración a las entidades mancomunadas para que, a través de sus respectivos estatutos, concreten el criterio de proporcionalidad que les impone la norma.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios