Provincia

El TSJA anula las licencias de dos hoteles del gobierno de coalición

  • El Alto Tribunal andaluz sostiene que las operaciones suponían una revisión del PGOU

El TSJA ha anulado dos modificaciones del PGOU aprobadas por el Ayuntamiento de Almuñécar en 2000 y 2002 para permitir la construcción de sendos hoteles al considerar que, por sus efectos, constituyeron realmente revisiones del planeamiento urbanístico, lo que excede las competencias municipales.

Ambos acuerdos plenarios, correspondientes a la etapa de gobierno de PP y PSOE, fueron denunciados por la Junta de Andalucía alegando que no eran modificaciones puntuales del PGOU sino revisiones del mismo, competencia que no ha delegado la Consejería de Urbanismo, y así lo ha considerado el alto Tribunal.

El Ayuntamiento defendió su actuación en su intención de convertir la localidad costera en un "punto de referencia" para un turismo "de calidad" y que rompiera la estacionalidad, lo que exigía adaptar las circunstancias urbanísticas para desarrollar la infraestructura hotelera.

Los hoteles no se llegaron a construir. Para el Tribunal, los acuerdos impugnados por la Junta "exceden materialmente" de las competencias delegadas por la Consejería de Obras Públicas al Ayuntamiento. Añaden los magistrados que la aprobación de esta "modificación sustancial y encubierta" del PGOU de Almuñécar constituye una "verdadera revisión" del mismo, gestión que corresponde a la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Granada.

La Sala también subraya que el consistorio recurrió hasta en 18 ocasiones a modificaciones puntuales para cambio de uso del suelo a hotelero, afectando en algunos casos a zonas verdes públicas y privadas, con un incremento total de la ocupación de 89.590 metros cuadrados, lo que supone un "cambio sustancial" del PGOU y, por tanto, su revisión.

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