Seguridad vial

Las carreteras convencionales ya lucen las señales de límite de velocidad de 90 kilómetros hora

  • El pasado año 14 personas perdieron la vida en estas vías en la provincia, el 73% del total 

  • En la provincia el 17% de los accidentes mortales tuvieron lugar en estas carreteras

Las carreteras convencionales ya lucen las señales de límite de velocidad de 90 kilómetros hora

Las carreteras convencionales ya lucen las señales de límite de velocidad de 90 kilómetros hora

A partir de mañana el límite de velocidad de circulación por las carreteras convencionales será de 90 km/h y dichas vías lucen desde hoy las señales de tráfico que lo indican.

La norma entrará en vigor mañana día 29 de acuerdo al Real Decreto 1514/2018, de 28 de diciembre por el que se modifica el artículo 48 del vigente Reglamento General de Circulación referido a los límites de velocidad en las carreteras convencionales.

Según la Subdelegación del Gobierno en Granada, este cambio de norma está motivado por el índice de mortandad que se produce en estas carreteras y añaden los datos que dicen que “el 75 % de todos fallecidos en carretera son en las carreteras convencionales sin separación de los sentidos de circulación”.

En Granada 14 personas han perdido la vida en estas vías, lo que supone el 73% del total. Han sido 877 personas las que han muerto en estas carreteras en el año 2018 a nivel nacional.

Desde el ente nacional también indican que la bajada de la velocidad es clave en estas vías debido a que “el 40 % de los accidentes mortales en carreteras convencionales son por salida de la vía y esto por exceso de velocidad. En Granada representaron el 45% en el año 2.018”.

Además, añaden que “el 27% de los accidentes mortales son por choque frontal y esto es porque se ha entrado en la curva con exceso de velocidad y al salir se ocupa el carril contrario”. En la provincia supuso el 17% de los accidentes mortales.

Este cambio en la normativa contribuirá además en el cumplimiento de los objetivos de la Estrategia de Seguridad Vial en la presente década es necesario bajar la tasa de 37 fallecidos por millón de habitantes.

“Para lograrlo, entre otros, hay que acometer medidas estructurales en materia de excesos de velocidad, por ello se reduce la velocidad máxima autorizada a 90 km/h para turismos y motocicletas”.

En lo que a transporte de viajeros y de mercancías se refiere, los camiones han de circular a 80km/h y los autobuses que estén dotados de cinturón de seguridad podrán circular a 90 km/h, no se reducen en estos tipos de vehículos las velocidades, siguiendo los criterios de los principales países de la UE.

Con esta medida, el diferencial de velocidad entre los tipos de vehículos queda en un máximo de 10 km/h. “Ello favorece la fluidez de la circulación, especialmente en momentos de mayor intensidad, y ayuda a reducir la accidentalidad derivada de vehículos que circulan a velocidades dispares”.

También desaparece, a efectos de fijación de los límites de velocidad, la diferenciación entre carreteras con arcén practicable de más de 1,5 metros de anchura. Además se introduce la limitación de velocidad genérica de las autocaravanas, que pasa a tener como referencia su masa máxima autorizada.

Esta medida, añaden desde la Subdelegación, tendría un impacto favorable en materia de seguridad vial, teniendo en cuenta que un descenso del límite de velocidad de 100 a 90 km/h puede producir un descenso de la velocidad media de 2,5%-4,0%, que, a su vez, producirían descenso del 10%-16% de los accidentes mortales, 7,5%-12% de los accidentes graves y 5%-8% de los accidentes leves.

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