Provincia

La ordenanza para las terrazas prohíbe los toldos cerrados y ocupar la calzada

  • La norma, que el pleno aprueba hoy, fija que las terrazas deben dejar un mínimo de 2,5 metros para peatones

El Ayuntamiento de Salobreña aprueba en pleno hoy una nueva ordenanza municipal que regulará la ocupación de los espacios públicos, fijando limitaciones que obligarán a numerosos establecimientos a modificar su infraestructura. Entre otras medidas se prohibirá la ocupación de calzadas con terrazas, así como la instalación de toldos cerrados que supongan una extensión de la superficie del local.

La ordenanza que regulará la ocupación de vías públicas con terrazas, toldos y quioscos se aprobará inicialmente, aunque los afectados e interesados tendrán un mes de exposición pública para presentar alegaciones. El teniente de alcalde de Urbanismo, Manuel Pérez Cobos, reconoció que "es un tema muy sensible, pero se hace necesario regular la compatibilidad entre el derecho a la circulación de los ciudadanos en las vías publicas y la posibilidad de los negocios de montar sus terrazas, ofreciendo así a los clientes un ocio más atractivo".

El edil aseguró que "serán muchos" los negocios que se tendrán que adaptar a la nueva normativa, para lo que tendrán un año tras la aprobación definitiva. Hasta ahora existía sólo una ordenanza fiscal que regulaba estos espacios, pero dado el incremento de la cantidad de establecimientos que ocupan la vía pública "era imprescindible poner orden". No obstante, indicó que "dada la trascendencia del tema", a la hora de elaborar la ordenanza el Ayuntamiento ha buscado "la máxima participación de todos los colectivos, tanto de asociaciones como de los distintos grupos políticos".

Entre las medidas más destacadas de la ordenanza se encuentra la prohibición de montar terrazas en la calzada, pues restan espacio de aparcamiento o de circulación de vehículos. Tampoco se permitirán los toldos cerrados por los laterales, "que terminan siendo una extensión del bar o restaurante". Las terrazas se montarán en función de la proporción de las calles, debiendo quedar un mínimo de 2,5 metros para circulación de peatones, mientras que se fija un límite de 25 mesas y un aforo máximo de 100 personas. Como regla general, establece asimismo que cada local deberá tener como máximo el mismo aforo en su interior que en el exterior.

Otros aspectos que regulará la normativa son los espacios saturados, los accesos a minusválidos, los horarios de funcionamiento o las medidas sancionadoras. Una vez en vigor, los establecimientos tendrán un periodo de un año para adecuarse a las disposiciones.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios