Provincia

El fiscal apoya un recurso del PP contra el alcalde por no facilitarles información

  • Cree que pudo vulnerar derechos por no entregar a los ediles datos del presupuesto

Los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos directamente o por medio de representantes, así como a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos en los requisitos que señalen las leyes. Estos dos preceptos vienen recogidos en el artículo 23 de la Constitución y merecen un escrupuloso respeto. Por ello, el PP de Huétor Tájar decidió hace unas semanas llevar a los tribunales al alcalde del municipio, Fernando Delgado (PSOE), a quien achaca una presunta vulneración de ambos derechos fundamentales por no facilitarle información sobre el estado de ejecución del presupuesto municipal.

Según informaron ayer fuentes judiciales, el recurso contencioso administrativo presentado por el PP ha recaído en el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Granada y cuenta con el respaldo de la Fiscalía granadina.

En concreto, en un escrito emitido el pasado 16 de abril, el Ministerio Público considera que "procede la estimación de la demanda" formulada por la portavoz del grupo del PP en el citado Ayuntamiento, María Trinidad Lizana.

La portavoz del PP, según se especifica en el citado documento, al que ha tenido acceso Granada Hoy, decidió acudir nuevamente a la Justicia -ya lo ha hecho en otras ocasiones por hechos similares- después de dirigir varios escritos en los últimos meses al primer edil de Huétor Tájar solicitando "informe sobre el estado de la ejecución del presupuesto municipal a la fecha más reciente posible".

El primer escrito fue registrado el 19 de diciembre. Los siguientes se presentaron el 14 y el 31 de enero, el 12 y el 22 de febrero y el 4 de marzo. Ninguno de ellos ha obtenido, según el PP, respuesta. A la hora de apoyar la estimación de la demanda, el fiscal recuerda que el artículo 23 de la Carta Magna establece "el derecho al desempeño de la función o cargo público de acuerdo con lo previsto en la Ley y, en definitiva, el derecho a obtener información necesaria para el ejercicio de las funciones públicas atribuidas a los concejales".

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