Sociedad

Medidas para ir a comprar a los supermercados y evitar contagios

Medidas preventivas para ir a comprar a los supermercados y evitar contagios

Medidas preventivas para ir a comprar a los supermercados y evitar contagios

Hacer la compra en los supermercados es una de las pocas cosas que el estado de alarma impuesto por la epidemia del coronavirus aún permite. Sin embargo, al salir a la calle y entrar a comprar en los supermercados debemos mantener una serie de medidas para evitar los contagios.

La Confederación Andaluza de Empresarios de Alimentación y Perfumería (CAEA) ha hecho una serie de recomendaciones para acudir a los establecimientos alimentarios durante estos días de confinamiento:

  • Acudir una sola persona por familia, evitando niños, ancianos, grupos de riesgo y personas con síntomas o en contacto con contagiados.
  • Guardar la distancia de seguridad de un metro con otros consumidores.
  • Utilizar guantes y depositarlos en las papeleras.
  • Evitar toser y, en caso de hacerlo, taparse la boca con el codo.
  • Pagar con tarjeta, evitando el dinero físico para prevenir el contacto con el cajero o cajera.
  • Seguir cívicamente las instrucciones de los empleados del establecimiento.
  • Realizar una compra responsable, sin hacer acopio extraordinario de productos, ya que el suministro está garantizado.

Estado de alarma en Andalucía

Como parte de las medidas adoptadas por el estado de alarma. el Gobierno de Andalucía ha suspendido la actividad comercial minorista salvo en los establecimientos de alimentación y productos de primera necesidad recogidos en la siguiente clasificación:

  • Comercio al por menor en establecimientos no especializados
  • Comercio al por menor en establecimientos no especializados, con predominio en productos alimenticios, bebidas y tabaco
  • Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco en establecimientos especializados
  • Comercio al por menor de frutas y hortalizas en establecimientos especializados
  • Comercio al por menor de carne y productos cárnicos en establecimientos especializados
  • Comercio al por menor de pescados y mariscos en establecimientos especializados
  • Comercio al por menor de pan y productos de panadería, confitería y pastelería en establecimientos especializados
  • Comercio al por menor de bebidas en establecimientos especializados
  • Comercio al por menor de productos de tabaco en establecimientos especializados
  • Otro comercio al por menor de productos alimenticios en establecimientos especializados
  • Comercio al por menor de combustible para la automoción en establecimientos especializados
  • Comercio al por menor de combustible para la automoción en establecimientos especializados
  • Comercio al por menor de equipos para las tecnologías de la información y las comunicaciones en establecimientos especializados
  • Comercio al por menor de ordenadores, equipos periféricos y programas informáticos en establecimientos especializados
  • Comercio al por menor de equipos de telecomunicaciones en establecimientos especializados
  • Comercio al por menor de equipos de audio y vídeo en establecimientos especializados
  • Comercio al por menor de otros artículos de uso doméstico en establecimientos especializados
  • Comercio al por menor de aparatos electrodomésticos en establecimientos especializados
  • Comercio al por menor de artículos culturales y recreativos en establecimientos especializados
  • Comercio al por menor de periódicos y artículos de papelería en establecimientos especializados
  • Comercio al por menor de otros artículos en establecimientos especializados
  • Comercio al por menor de productos farmacéuticos en establecimientos especializados
  • Comercio al por menor de artículos médicos y ortopédicos en establecimientos especializados
  • Comercio al por menor de productos cosméticos e higiénicos en establecimientos especializados
  • Comercio al por menor de flores, plantas, semillas, fertilizantes, animales de compañía y alimentos para los mismos en establecimientos especializados
  • Comercio al por menor no realizado ni en establecimientos, ni en puestos de venta ni en mercadillos
  • Comercio al por menor por correspondencia o internet

La permanencia en los establecimientos comerciales cuya apertura esté permitida deberá ser la estrictamente necesaria para que los consumidores puedan realizar la adquisición de alimentos y productos de primera necesidad, quedando suspendida la posibilidad de consumo de productos en los propios establecimientos. En todo caso, se evitarán aglomeraciones y se controlará que consumidores y empleados mantengan la distancia de seguridad establecida a fin de evitar posibles contagios.

Igualmente la Junta de Andalucía, para asegurar el correcto abastecimiento de los establecimientos comerciales de alimentación y bienes de primera necesidad, suspende las limitaciones y restricciones establecidas por los Ayuntamientos de Andalucía relacionadas con la circulación o la descarga de camiones de abastecimiento de mercancías bajo parámetros de tonelaje en función de ciertos horarios o bien en función de determinadas áreas o zonas.

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