SANIDAD

Las comunidades podrán autorizar la prescripción enfermera

  • El Tribunal Constitucional declara "inconstitucional y nula" la facultad del Ministerio de Sanidad de conceder a los enfermeros y fisioterapeutas la capacidad de recetar medicamentos.

Varias enfermeras del Hospital Infanta Elena.

Varias enfermeras del Hospital Infanta Elena. / Josué Correa

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha fallado que corresponde a la comunidades autónomas otorgar la acreditación a los enfermeros para prescribir medicamentos y productos sanitarios, y no al Ministerio de Sanidad.

En su sentencia el tribunal ha declarado "inconstitucional y nula" la facultad del Ministerio de Sanidad de conceder a los enfermeros la capacidad de prescribir medicamentos.

"Es inconstitucional y nula" la referencia que el artículo 79.1 párrafo quinto del Texto Refundido de la Ley de Garantías y uso racional de medicamentos y productos sanitarios hace respecto a que será el Ministerio de Sanidad el órgano competente para "acreditar" en todo el Estado a los enfermeros y fisioterapeutas sus actuaciones referidas a la receta médica, pública o privada y a la orden de dispensación hospitalaria, ha señalado el TC.

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