Educación

Los periodistas podrán dar clases de Secundaria en centros privados y concertados

Clase.

Clase. / Giovanna Cornelio, Pixabay

Los docentes que impartan clase en centros privados y concertados deberán tener con carácter general el grado universitario o una titulación equivalente, según el real decreto del Ministerio de Educación que publica este miércoles el BOE y que permite a los periodistas con un título habilitante dar Lengua y Literatura.

El nuevo real decreto entrará en vigor este jueves después de su aprobación el pasado lunes en Consejo de Ministros y responde a la necesidad de adaptar las múltiples modificaciones del currículo que introdujo la última ley educativa (Lomloe o Ley Celaá).

Estas nuevas condiciones de formación del profesorado comenzarán a implantarse para 1º y 3º de Educación Secundaria Obligatoria en el curso 2022-2023; 2º y 4º de ESO en 2023-2024; 1º de Bachillerato, en 2022-2023 y 2º de Bachiller en 2023-2024; el primer curso de los Ciclos Formativos de Grado Básico, en 2022-2023, y para el segundo curso, en 2023-2024.

La nueva norma contempla, entre otros aspectos, que los licenciados, graduados o graduadas en Periodismo con título habilitante puedan impartir Lengua Castellana y Literatura en ESO, así como Lengua Castellana y Literatura I y II y Literatura Universal en Bachillerato y Literatura Dramática.

La Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE) ha mostrado su satisfacción por esta aprobación, ya que era una antigua reivindicación de los periodistas, que tendrán ahora además nuevas salidas profesionales.

Los licenciados, graduados o graduadas en Comunicación Audiovisual podrán impartir en Bachillerato Cultura Audiovisual.

Según explica la FAPE, los licenciados o graduados en Periodismo y Comunicación se les obligaba a obtener el título habilitante (Máster de Enseñanza en Secundaria o el Curso de Adaptación Pedagógica, el antiguo CAP) por Lengua y Literatura, pero luego no se les permitía ejercer en centros privados y concertados, lo que ha tenido también una aplicación desigual dependiendo de la comunidad autónoma de la que se tratara.

Asimismo podían presentarse a las correspondientes oposiciones pero en unas condiciones mucho menos ventajosas que otras carreras o grados.

Otras modificaciones

Con la nueva norma, además, Geografía e Historia se podrá impartir por cualquier título de licenciado del área de Humanidades o de las Ciencias Sociales y Jurídicas o cualquier título oficial de graduado o graduada o equivalente de la rama de conocimiento de Artes y Humanidades o de Ciencias Sociales y Jurídicas, acreditando una experiencia docente o una formación superior adecuada para impartir el currículo de la materia de la que se trate.

En un caso similar se encuentra Fundamentos Artísticos, Historia del Arte y Movimientos Culturales y Artísticos; Formación y Orientación Personal y Profesional; Educación en Valores Cívicos y Éticos o Filosofía e Historia de la Filosofía, según el real decreto.

Para favorecer la continuidad del profesorado, el real decreto establece también la correspondencia entre aquellas materias del currículo anterior a la Lomloe, que cambian de denominación y las que integran el currículo derivado de su implantación.

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