Granada

El Gobierno prevé ampliar sus competencias en Sierra Nevada

  • Su objetivo es reforzar la coordinación entre el Estado y la Junta, pero dos sentencias del Constitucional impiden que ambas administraciones puedan gestionar el territorio protegido

El anteproyecto de Ley de Parques Nacionales que prepara el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente de Miguel Arias Cañete prevé ampliar las competencias estatales dentro de las áreas protegidas, entre ellas el Parque Nacional de Sierra Nevada. Pese a que se desconoce en profundidad el contenido de la propuesta que hará el Gobierno, el Consejo de Ministros del pasado 6 de septiembre estudió la propuesta, que prevé cambios con respecto al modelo de gestión de crisis o catástrofes en los parques nacionales y, además, impulsará lo que se ha denominado "ciertas formas de aprovechamientos", lo que, traducido, significa potenciar los aspectos relacionados con el turismo con el fin de obtener rentabilidad económica.

Los aspectos que aborda el anteproyecto son especialmente sensibles, por cuanto que hay antecedentes que indican que difícilmente el Estado podrá modificar el modelo de gestión que actualmente rige, por ejemplo, en Sierra Nevada. Las competencias de la inmensa mayoría de los quince parques nacionales están transferidas a las autonomías (únicamente Cabañeros y Tablas de Daimiel, en Castilla-La Mancha, no han culminado el proceso de transferencia) y existe jurisprudencia al respecto que deja muy claro que la gestión ordinaria y habitual de estos espacios corresponde a las comunidades autónomas y que limita la intervención del Estado a actuaciones de carácter puntual y concreto.

¿Cómo quiere ampliar el Estado sus competencias en los parques? El anteproyecto presentado por Arias Cañete al Consejo de Ministros introduce la "posibilidad de intervención estatal en el caso de catástrofes o situaciones extraordinarias que pongan en peligro su riqueza natural". En este aspecto, el nuevo texto atribuye la potestad de declarar una emergencia al Organismo Autónomo Parques Nacionales, dependiente del Estado, "bien por propia iniciativa o de las comunidades autónomas". Es decir, sería el Estado el que determinara si una determinada situación sobrevenida (por ejemplo, un incendio) puede suponer un riesgo para el parque, e interferiría en la gestión de esa situación por parte de la comunidad, en el caso de Sierra Nevada, de la Junta.

No sólo se prevé la actuación estatal en caso de catástrofe extraordinaria. También se incluye la posibilidad de que "con el objetivo de asegurar su estado de conservación, el Estado se reserva la posibilidad de intervenir, con carácter excepcional, cuando disponga de datos que indiquen que un parque nacional se encuentra en un estado desfavorable". El problema de este enunciado puede venir por el hecho de quién será el árbitro que dictamine que, efectivamente, la gestión de ese espacio protegido debe pasar de la comunidad al Estado. El mismo documento indica que la intervención sería "puntual, singular y concreta" para "aplicar las medidas y acciones indispensables para evitar daños irreparables".

Por otro lado, el Ministerio incluye en la futura norma la creación de dos órganos "para impulsar la coordinación". Uno ha sido ya bautizado como Comité de Colaboración y Coordinación, en el que participarían técnicos de todos los espacios protegidos junto con los representantes de la Red de Parques, mientras que el segundo sería una Comisión de Coordinación para cada uno de los parques que estén en territorios de varias comunidades, algo que no ocurre en el caso de Sierra Nevada.

También se prevé por parte de Medio Ambiente un Plan Director de Parques, que incluiría "directrices y los criterios comunes para la gestión", lo que supone entrar en el día a día de la organización de estos espacios naturales. Además, se prevé que un comité científico asesore a los espacios catalogados como parques nacionales.

A pesar de la falta de concreción de lo que se conoce hasta el momento de la norma (fuentes del Ministerio aseguran desconocer el contenido de la misma) los planes de Medio Ambiente podrían quedarse en agua de borrajas si, como parece, la intención última es comer terreno a las comunidades autónomas en la gestión de los espacios.

Hay precedentes. En la sentencia del Tribunal Constitucional de 4 de noviembre de 2004 se deja meridianamente claro que la gestión ordinaria y habitual de los espacios naturales protegidos con la figura de Parque Nacional corresponde a las comunidades, y limita la actuación del Estado a "actuaciones de carácter puntual y concreto". La misma sentencia reconoce la "atribución exclusiva a las comunidades de la elaboración y aprobación de los planes rectores", en los que, por tanto, no puede participar el Estado ni ninguna comisión con técnicos de unos y otros.

Fuentes del Parque Nacional de Sierra Nevada indicaron que, por el momento, prefieren no pronunciarse al respecto del anteproyecto, por cuanto que no ha trascendido su contenido, pero que, en cualquier caso, confían en que cualquier normativa que afecte al entorno sea dialogada y no aprobada de forma unilateral.

Otra sentencia, del 6 de abril de 2005, también profundiza en este aspecto. El Alto Tribunal dictaminó entonces la inconstitucionalidad de determinados artículos de la ley de creación del Parque de Sierra Nevada, como el que preveía que la competencia para imponer sanciones en el caso de infracciones muy graves correspondía al presidente del Organismo Autónomo Parques Nacionales.

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