Andalucía

El Consejo Consultivo ve inconstitucional la limitación de mandatos en la Junta de Andalucía

  • El órgano señala que la propuesta de ley del Partido Popular "no es jurídicamente viable" al no estar contemplada en el Estatuto de Autonomía.

Manuel Jiménez Barrios, vicepresidente de la Junta, y Juan Cano Bueso, presidente del Consejo Consultivo.

Manuel Jiménez Barrios, vicepresidente de la Junta, y Juan Cano Bueso, presidente del Consejo Consultivo. / EFE

La limitación de mandatos en la Junta de Andalucía es inconstitucional, según un dictamen del Consejo Consultivo. El órgano señala que la propuesta del Partido Popular para modificar la Ley del Gobierno de Andalucía "no es jurídicamente viable porque dicha limitación ha de estar forzosamente contemplada en el Estatuto de Autonomía". "La tramitación de la proposición de ley incurre en inconstitucionalidad indirecta por vulneración del Estatuto y así podría ser declarado por el Tribunal Constitucional", concluye el Consultivo.

La proposición de ley del PP recoge que son "inelegibles como presidente o presidenta de la Junta de Andalucía los miembros del Parlamento de Andalucía que hayan ejercido la Presidencia durante dos legislaturas". También señala que no podrán ser designados como titulares de Vicepresidencias o de Consejerías las personas que hayan ostentado estos cargos durante dos legislaturas, salvo que hayan transcurrido cuatro años desde la terminación de su último mandato.

El escrito del Consejo Consultivo, cuyo ponente ha sido la consejera Begoña Álvarez, ex titular de la Consejería de Justicia con José Antonio Griñán, responde a una consulta elevada el pasado 25 de mayo por la Consejería de Presidencia y Administración Local con carácter de urgencia a petición del Grupo Parlamentario Socialista.

La solicitud del Gobierno andaluz viene acompañada de un informe del Grupo Parlamentario Socialista que recoge las dudas de los servicios jurídicos del Parlamento de Andalucía sobre la constitucionalidad de la proposición de ley, así como las objeciones que plantearon varios expertos en derecho constitucional que comparecieron en la Cámara. Incluso el líder de Ciudadanos, Juan Marín, uno de los principales defensores de la limitación de mandatos, admitió la necesidad de reformular la propuesta, según señaló tras reunirse con la presidenta de la Junta, Susana Díaz, a finales del pasado mes de mayo, justo después de su derrota en las primarias socialistas.

El escrito se basa en que la cuestión se abordó en la elaboración del Estatuto y se rechazó

El Consejo Consultivo admite que el Estatuto de Autonomía "guarda silencio" sobre la limitación de mandatos, pero sostiene que esta omisión no significa que se pueda aprobar mediante la mera reforma de la ley del Gobierno. Según el escrito, "no hay tal silencio; la cuestión de la limitación de mandatos fue abordada durante la tramitación del vigente Estatuto de Autonomía". Así, recuerda que Partido Popular e Izquierda Unida presentaron sendas enmiendas para acotar la Presidencia de la Junta a dos legislaturas consecutivas y fueron rechazadas.

"Se planteó en sede adecuada la limitación de mandatos y fue rechazada por el poder Estatuyente, de modo que es jurídicamente inviable que lo que fue expresamente rechazado por la norma institucional básica de la comunidad autónoma pueda introducirse por ley ordinaria", señala el dictamen.

El informe también alude a las diferencias entre la legislación andaluza y las de Castilla-La Mancha y Cataluña, las dos únicas comunidades que contemplan topes temporales a la Presidencia autonómica. En el caso de Castilla-La Mancha, el Estatuto de Autonomía recoge expresamente que la Ley del Gobierno se aprobará por mayoría reforzada de tres quintos e "incluirá la limitación de mandatos del presidente". En cuanto al Estatuto catalán, estipula que "el presidente o presidenta de la Generalitat es elegido por el Parlamento de entre sus miembros. Puede regularse por ley la limitación de mandatos". Esta disposición aún no ha sido desarrollada.

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