Granada

El TSJA da la razón a APIA en el caso de la Comisión de Reclamación

El Tribunal Superior de Justicia (TSJA) revoca la sentencia que desestimó a la Asociación de Profesores de Instituto de Andalucía (APIA) de conocer la identidad de los miembros de la Comisión Técnica Provincial de Reclamaciones de Granada. De este modo, el TSJA falla el derecho de APIA a tener acceso directo a los datos de la composición de este órgano cuya función es emitir informes sobre la reclamación de las calificaciones finales de los alumnos. Esta sirve de base a las decisiones de los Delegados Provinciales.

Han pasado seis años desde que se iniciara la reclamación de un hecho que, según afirma el APIA "pone en jaque nuestro Estado de Derecho, ya vilipendiado por la propia Consejería, y el funcionamiento democrático de las instalaciones".

La sentencia determina que la Consejería ha ocultado la identidad de los miembros de estas comisiones provinciales de reclamación "dando lugar a una inseguiridad jurídica manifiesta a profesores, alumnos y ciudadanos en general", opina APIA.

Según estima el sindicato, la elección de los miembros de las comisiones técnicas provicinciales de reclamación se realiza "a dedo", más concretamente, dice, sin concurso público de méritos, lesionando así el derecho de cualquier profesor a acceder a estos puestos.

Tras la admisión de la demanda por el TSJA, APIA pedirá inmediatamente la identidad de estos miembros, su especialidad o cargo, así como información fidedigna de las resoluciones de las correspondientes delegaciones territoriales mediante las cuales se procedió a nombrarlos. Asimismo indica que reservará las acciones legales oportunas en caso de que la solicitud no sea atendida con diligencia, e impugnado, si esto ocurre, dichos nombramientos.

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