La esquina

josé / aguilar

Imputados propios y ajenos

FALTA un mes para las elecciones municipales y vuelve la disputa irresuelta sobre los candidatos con cuentas pendientes ante la Justicia: qué partido mantiene más imputados en sus listas, qué hacer con ellos y qué criterios hay que aplicarles en función de la gravedad de aquello que se le imputa.

El PSOE lleva en su candidatura de Granada a seis de sus concejales actuales que acaban de ser imputados por supuesta denuncia falsa contra el alcalde Torres Hurtado, su candidato en Estepona también ha sido citado a declarar por denuncia falsa y estafa procesal y algunos otros ediles malagueños se encuentran en la misma situación. El PP, por su parte, confirma su apoyo a los alcaldes de Rota y Almonte, con varias imputaciones a sus espaldas, y a alcaldables imputados en otras localidades gaditanas.

Nada de esto sería un problema si existiera una ley clara y concisa que estableciera qué supuestos delitos llevarían aparejada la inelegibilidad de cualquier político y, sobre todo, en qué momento del procedimiento judicial debe ser inhabilitado un cargo público o candidato. En mi opinión, la simple imputación no es suficiente: consagraría en la práctica la presunción de culpabilidad de los políticos. Me parece más correcto no apartar a nadie hasta que sea condenado o, al menos, se le dicte apertura de juicio oral.

Ahora bien, ¿quién es el guapo que defiende esta posición en las actuales circunstancias en las que la política es de por sí sospechosa y la sociedad no tolera nada que pueda oler, aunque sea a distancia, a corrupción? Lo que se hace es, pues, aplicar estrictamente la doble vara de medir. Se exige la proscripción automática de todo adversario que haya sido imputado por cualquier causa y se buscan argumentos y pretextos para mantener a los compañeros candidatos objeto de imputación. La ley del embudo siempre está a mano y se expresa mediante una amplia casuística: no es lo mismo una malversación de fondos que una denuncia falsa, ni una prevaricación que una falsedad documental. Cierto, pero se utiliza a conveniencia por cada partido.

De modo que la única fórmula adecuada para acabar con esta práctica hipócrita y oportunista es sustituir el criterio sectario de los partidos por una norma objetiva, universal y no sometida a interpretaciones. O sea, una ley de las Cortes que dicte sin apelación cuándo un político tiene que abandonar su cargo o candidatura.

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