Consejo consultivo

Indemnización de más de 27.000 euros para una mujer que tropezó con una arqueta en un pueblo de Granada

  • El dictamen del Consejo Consultivo apunta a que no puede "presumirse que la interesada actuó de manera desatenta"

  • La reclamante pidió más de 43.000 euros tras sufrir una tríada de codo derecho por la caída

Fachada del Consejo Consultivo.

Fachada del Consejo Consultivo. / R. G.

El Consejo Consultivo de Andalucía, con sede en Granada, ha dictaminado a favor de indemnizar a una mujer con 27.456,93 euros por los daños sufridos tras tropezar con una arqueta que sobresalía en la acera. Los hechos ocurrieron en un municipio de Granada en 2018.

La reclamante, que solicitaba más de 43.000 años por los daños sufridos en la caída, explicó que sufrió "diversas lesiones" tras caer cuando iba con su esposo por la calle. En la acera había dos arquetas y una de ellas sí estaba a ras de suelo, mientras que la segunda presentaba un desnivel. Esto propició el tropiezo de la mujer, que fue diagnosticada de una tríada de codo derecho.

La decisión del Consultivo es novedosa por cuanto que habitualmente este tipo de reclamaciones por caídas en la calle finalizan con un dictamen en el que se da la razón a la Administración demandada. En este caso, sin embargo, se apunta a que la caída se produce con luz de día, pero que "resulta verosímil el relato" de la mujer "sobre los motivos que impidieron que se percatara del desnivel" en la acera, con una anchura, recoge el dictamen, de 1,70 metros, incluido el bordillo. Las dos arquetas, puntualiza el Consultivo, son del mismo material y similar apariencia. Se colocaron en la acera de forma contigua y el informe de la Policía Local admite que "el referido escalón pudo causar la caída". "La percepción de continuidad a la que se refiere la actora dificultaba que pudiera percatarse del escalón", señala el texto del Consejo Consultivo.

"Resulta razonable sostener que el accidente se debió a la deficiencia del referido elemento en el acerado, sin que pueda presumirse que la interesada actuó de manera desatenta o falta de diligencia", abunda el dictamen, que considera que la valoración hecha por la Administración, en este caso el Ayuntamiento del municipio donde ocurrieron los hechos, "prudente y ajustada". Por ello, dictamina a favor de estimar parcialmente la reclamación de la mujer.

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