Granada

La reprobación nula, pero sin daño moral para recibir 10.000 euros

Francisco Cuenca.

Francisco Cuenca.

La reprobación de Francisco Cuenca por parte del pleno en 2012 pudo haberle costado a la ciudad 10.000 euros. Esa fue la cantidad que el entonces concejal reclamó ante la Justicia por el supuesto "daño moral" que a su juicio le supuso esa actuación del órgano de decisión municipal.

Tanto la sentencia inicial como el TSJA, en la resolución de un recurso que Cuenca presentó, rechazaron esa petición de indemnización económica del político socialista. El Juzgado y la Sala dieron la razón a Cuenca en cuanto a la nulidad de su reprobación, por haberse llevado a cabo una crítica política en un contexto no adecuado, que es una resolución del pleno municipal, cuyas atribuciones son de carácter administrativo.

Ahora bien, "aunque la vía utilizada por el Ayuntamiento no fue la idónea para encauzar la reprobación", el daño moral de su contenido no es mayor que si se hubiera hecho la crítica en unas declaraciones públicas ajenas al pleno. El TSJA lo enmarca en la "dialéctica política" y resalta el "derecho a la libertad de expresión y crítica respecto de aquellas personas que ejercen un cargo de relevancia política". En este aspecto el TSJA falló en contra de Cuenca porque "no resultado probado el daño moral".

Éste expuso en su recurso ante el tribunal andaluz que procedía imponer el abono de esa indemnización al Ayuntamiento porque consideraba que el hecho de que se trate de una actuación política "no puede dotar al acto de total impunidad". "No se trata de una patente de corso" que "menoscabe el nombre de un servidor público".

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