Granada

Cuatro informes municipales ven irregularidades en la gestión de TG7

  • La Secretaría General, en la misma línea que el interventor y la asesoría jurídica, dice que los gastos extra son nulos de pleno derecho

Los servicios extra que se contrataron entre 2013 y 2015 ascendieron a más de 540.000 euros.

Los servicios extra que se contrataron entre 2013 y 2015 ascendieron a más de 540.000 euros. / g. h.

El Ayuntamiento de Granada sigue acumulando informes que valoran la gestión de la televisión local (TG7) durante los años 2013-15, fecha en la que se encargaron servicios extraordinarios fuera de contrato por valor de 548.000 euros. Después de que se pronunciaran el interventor, el titular de la asesoría jurídica y el director general de contratación, ahora le ha tocado el turno al secretario municipal, quien en su informe hace alusión al convenio que firmaron el 1 de julio de 2015 el concejal responsable de TG7 y la productora CBM en virtud del cual se acordaba un sistema de pagos por sponsorización para liquidar los servicios extra.

En el marco de este convenio (que desde el área municipal siempre defendieron que era de naturaleza privada) Inagra y Emasagra pagaron directamente a CBM campañas de publicidad, un dinero que no pasó por la contabilidad municipal y que se destinó a liquidar parte de estos servicios extra. El convenio se firmó en 2015 pero los pagos se venían efectuando desde 2013.

El Ayuntamiento acumula cuatro informes que avalan la mala gestión del ente público

Dice el secretario municipal que "no importa que el documento reciba el nombre de 'convenio', pues el negocio jurídico que articula tiene prácticamente el contenido propio de un contrato celebrado por una Administración Pública", por lo que se regiría por la ley de contratos del sector público. El hecho de que sea un contrato público abre la puerta para que se puedan pedir responsabilidades a los antiguos responsables de la tele municipal en base a la ley de transparencia, acceso a la información y buen gobierno.

"...cualquier contrato celebrado por una Administración Pública (por tanto el Ayuntamiento de Granada) debe adjudicarse conforme a las normas incluidas en la ley de contratos de servicios públicos".

En este sentido, y tal y como señalaba en su día el director general de contratación, "no se considera ajustado a derecho la utilización del convenio para la contratación de servicios complementarios".

Sobre las competencias del órgano que formalizó el "convenio" (esto es, el concejal popular Juan Antonio Fuentes), dice el secretario municipal que aunque el 1 de julio de 2015 del concejal delegado de Personal tenía delegadas las competencias propias del alcalde en relación con el servicio municipal de radio televisión, "entre éstas no estaban incluidas las facultades para actuar como órgano de contratación por ser ésta una competencia legalmente atribuida a la junta de gobierno local".

Sigue el secretario su relato advirtiendo que en los antecedentes de la Secretaría no consta que el 'convenio' fuese aprobado ni convalidado posteriormente por la junta de gobierno o por el concejal que ostentaba las competencias delegadas. Pero hay más, no es posible imputar al 'convenio' servicios complementarios prestados antes de su formalización el 1 de julio de 2015, sin embargo el equipo de gobierno del PP lo hizo durante dos años.

En base a todas estas consideraciones el informe del secretario concluye diciendo que los más de 548.000 euros en servicios extra exceden del importe contratado y por tanto carecen de crédito y soporte jurídico. Teniendo en cuenta la insuficiencia de crédito, el convenio de servicios complementarios es "nulo de pleno derecho".

Con todo este material por delante el actual responsable de TG7 y concejal de Economía, Baldomero Oliver, cree que solo queda convocar otra comisión de control de conclusiones en la que todos los grupos decidan qué hacer con esta información a partir de ahora.

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