Huelva

La Junta prohíbe la pesca de la chirla en todas las zonas del Golfo de Cádiz

Descarga de la chirla en el Puerto de Punta Umbría

Descarga de la chirla en el Puerto de Punta Umbría / M.G. (Punta Umbría)

La Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo rural ha decretado este jueves el cierre de la pesquería de la chirla (Chamelea gallina) en todas las zonas de producción del Golfo de Cádiz, que entró en vigor el 20 de marzo, debido a que se han detectado valores de rendimiento medio de captura inferiores al límite establecido.

Con una resolución de la Dirección General de Pesca y Acuicultura de 16 de marzo, que ha publicado este jueves el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, se ha procedido a este cierre, después de que el seguimiento científico realizado en continuo, mediante embarques comerciales, por el Instituto Español de Oceanografía (IEO), haya detectado valores de Rendimiento medio de captura en el caladero inferiores a 0,6 kg/minuto.

Por tanto, además del cierre, la Junta ha prohibido el ejercicio de la actividad para las embarcaciones autorizadas para el uso de draga hidráulica en todas las zonas de producción del Golfo de Cádiz; y ha prohibido capturar, mantener a bordo, trasbordar, desembarcar y comercializar la especie chirla (Chamelea gallina) procedente de las zonas de producción del Golfo de Cádiz.

Asimismo, la orden establece que los ejemplares de esta especie capturados de forma accidental deberán ser devueltos inmediatamente al mar. El incumplimiento de esta resolución se sancionará conforme a lo establecido en la Ley 1/2002, de 4 de abril, y/o la Ley 3/2001, de 26 de marzo.

La Orden de 6 de abril de 2020 establece un Plan de Gestión para la captura de la especie denominada chirla (Chamelea gallina) en el Golfo de Cádiz, en las modalidades de draga hidráulica y rastro remolcado, estableciendo medidas técnicas a fin de alcanzar niveles de rendimiento máximo sostenible, conforme a las normas que regulan el uso de esas artes, contenidas respectivamente en la Orden de 29 de junio de 2017, por la que se regula el marisqueo desde embarcación con draga hidráulica en el Golfo de Cádiz.

En el artículo 3 de la citada Orden 6 de abril de 2020, se establece que la especie chirla (Chamelea gallina) susceptible de ser capturada, mediante el empleo de draga hidráulica y rastro remolcado, se encuentra dentro de unos límites biológicos seguros y, por tanto, explotadas de forma sostenible, cuando la captura total anual no sea superior al Rendimiento Máximo Sostenible o el rendimiento medio de captura o Capacidad de Pesca por Unidad de Esfuerzo Medio (CPUE medio de draga hidráulica) no sea inferior a 0,8 kg/minuto.

Igualmente, en el apartado 5 del artículo 4 de la citada orden, se indica que el cierre de la pesquería se aplicará en todo caso y automáticamente cuando los valores de rendimiento medio de captura sea igual o inferior a 0,6 kg/minuto, mediante resolución motivada de la referida Dirección General, hasta el momento en el que los resultados del seguimiento científico ofrezcan las garantías técnicas suficientes para poder permitir nuevamente la actividad pesquera.

Dicha medida de cierre se producirá también de forma particular para cada una de las zonas de producción donde los valores de rendimiento de captura sean igual o inferior a 0,6 kg/minuto.

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